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LEY 25525 IMPUESTO AL VALOR AGREGADO Liquidación e Ingreso. Alícuotas diferenciales Alícuota. Miel de abejas a granel sanc. 27/11/2001; promul. de hecho 7/1/2002; publ. 9/1/2002 El Senado y la Cámara de Diputados de la Nación Argentina reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de ley: Art. 1. Incorpórase al inc. a) del párr. 3 del art. 28 de la ley del impuesto al valor agregado t.o. en 1997 y sus modifs., el siguiente apartado: 4. Miel de abejas a granel Art. 2. Comuníquese al Poder Ejecutivo Nacional. Pascual Losada Marafioti Oyarzún Referencias: Ley de Impuesto al Valor Agregado, t.o. 1997: -B-1476.
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