|
This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales
[ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date: Tue May 26 18:07:06 2026 / +0000 GMT |
Ley 20.265
Ley 20.265 Régimen de incompatibilidades del ministerio público. ARTICULO 1.- Art. Modificatorio Ver Dereto-Ley.1285/58. ARTICULO 2.- Los funcionarios que ejercen el ministerio público fiscales, asesores de menores y defensores de pobres, incapaces o ausentes, de cualquier instancia- están sujetos a las mismas incompatibilidades y prohibiciones que los jueces de la Nación. Los demás funcionarios y los empleados del ministerio público están sujetos a las mismas incompatibilidades y prohibiciones que los funcionarios y empleados del Poder Judicial de la Nación. ARTICULO 3.- La presente ley regirá a partir del 1 de agosto de 1973. ARTICULO 4.- Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. |
| Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com |