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GARANTIZACIÓN CONTRA EVENTUALES DEUDAS O DAÑOS A LA FINCA LIBRANDO PAGARÉS EL COMODATARIO.__ ... CLÁUSULA ... (PAGARÉS) El COMODATARIO libra y entrega al COMODANTE, ...(debidamente timbrados; sin timbrado) los pagarés siguientes: ...(por ... <$; EUA$, €> ..., ...<”a la vista”; vencimiento ...>, lugar de pago, “sin protesto”, ...), de los cuales el presente es suficiente recibo, “en caución” para responder por el pago de ...(averías; cargas; daños; expensas; impuestos; pérdidas; reparaciones; servicios; ...), los que serán tenidos “en cartera” y ante incumplimientos podrán endosarse y/o ejecutarse, sin asumir ante falta de pago cargas de protesto ni de aviso al transmitente. <<<NOTA: Por imperio del art. 765 del CCyC, el deudor podría pagar los dólares por su equivalente en pesos al “cambio oficial”.>>> |