This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Mon May 18 1:37:43 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: Vendedor Resuelve Venta Con Hipoteca, Amparado En Imprevisión, Pone A Disposición Monto Recibido A Cuenta --------------------------------------------------- VENDEDOR RESUELVE VENTA CON HIPOTECA, AMPARADO EN IMPREVISIÓN, PONE A DISPOSICIÓN MONTO RECIBIDO A CUENTA Y EXIGE LE RESTITUYAN FINCA 1- En respuesta a vuestra carta documento nºCD..., fechada.../.../.., recibida el ... de .../.../.., le notifico que en base a lo dispuesto por el artículo 1091 del Código Civil y Comercial, RESUELVO el contrato de compraventa con garantía hipotecaria, instrumentado por escritura pública del .../.../.., pasada por ante el notario (escribano público) ..., titular del Registro nº..., de ..., respecto al inmueble ubicado en ..., inscripto en el Registro de la Propiedad Inmueble, en la matrícula ... 2- Pongo a su disposición lo recibido como adelanto del precio de la compraventa (EUA$...), según la constancia en la escritura referida en el punto «1», para restituirlo el día .../.../.., a las 00:00 horas, en ..., ante notario (escribano público). 3- En virtud de lo antes expresado, INTÍMOLO a la devolución inmediata del inmueble objeto del contrato resuelto, con entrega de la posesión. 4- A efectos de instrumentar lo requerido en el párrafo anterior, deberá indicar por medio fehaciente, escrito, detallado y en el domicilio que se fija en el punto siguiente, qué notario (escribano público), qué lugar, qué día y hora se llevará a cabo la escritura de distracto, retransferencia de dominio y reinscripción del referido inmueble a mi nombre nuevamente. 5- A todos los efectos, constituyo domicilio especial en el Estudio Jurídico del Dr. ..., sito en ... Salúdolo/s/amos atentamente. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. ...(lugar), ... de ... de .. ...(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma) <<<NOTA: Dice el CCyC, Art. 1- Imprevisión. Si en un contrato conmutativo de ejecución diferida o permanente, la prestación a cargo de una de las partes se torna excesivamente onerosa, por una alteración extraordinaria de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, sobrevenida por causas ajenas a las partes y al riesgo asumido por la que es afectada, ésta tiene derecho a plantear extrajudicialmente, o pedir ante un juez, por acción o como excepción, la resolución total o parcial del contrato, o su adecuación. Igual regla se aplica al tercero a quien le han sido conferidos derechos, o asignadas obligaciones, resultantes del contrato; y al contrato aleatorio si la prestación se torna excesivamente onerosa por causas extrañas a su álea propia.>>>  --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- Excerpt: --------------------------------------------------- Post date: 2019-04-03 22:56:08 Post date GMT: 2019-04-03 22:56:08 Post modified date: 2019-04-03 22:56:08 Post modified date GMT: 2019-04-03 22:56:08 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com