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EDICTO EN BOLETÍN OFICIAL CONSTITUCIÓN DE S.A. (nombre de la sociedad) SOCIEDAD ANÓNIMA. Escritura Nº……… de fecha……… Registro escribano…………Se constituyó Carteles SA.- Socios: Juan García, nacido dd/mm/aa, DNI …………CUIT…………, casado por nupcias c/ Elsa Estévez, dom en Lima 345, Caba, Ricardo Cornejo, n. dd/mm/aa, DNI …………CUIT…………, soltero, dom en Rivadavia 346, Caba, y Marina Gutiérrez, n. dd/mm/aa, DNI …………CUIT…………, casada segundas nupcias c/ Luis Estévez, dom. en Lima 1234, CABA, argentinos, empresarios. - Capital social: $ 100.000 dividido en……… acciones ordinarias, nominativas no endosables de $……… v/n c/u. Suscripto Juan García y Ricardo Cornejo 500 acciones c/u y Marina Gutiérrez, aporte de rodado, Dominio XXX. - Directorio: Presidente (nombre y apellido, nacionalidad, fecha de nacimiento, estado civil, profesión, tipo y n° de documento), con domicilio real en la calle; y Director Suplente (nombre y apellido, nacionalidad, fecha de nacimiento, estado civil, profesión, tipo y n° de documento), con domicilio real en la calle.- Duración 99 años.- Representación: Juan García, Presidente Ricardo Cornejo y Directora titular Marina Gutiérrez. Tres ejercicios. -Objeto: social: compra, instalación, mantenimiento, representación y comisión de carteles luminosos, señalizaciones, toldos y marquesinas.- Cierre de ejercicio: 30/12 de c/año. Domicilio legal: Lima 345, CABA.
(Nota: El texto de este edicto debe seguir las normas del art. 10 de la nueva Resolución General de la IG 7/2015, que exige: “… a los fines del correcto cumplimiento de la publicidad impuesta por normas legales o reglamentarias y que deba efectuarse en boletines o diarios oficiales y/o en medios de circulación generalizada en territorio nacional, los avisos respectivos deben estar redactados en términos claros, precisos, de fácil lectura y con correcta puntuación y sintaxis. Deben asimismo ajustarse a las pautas siguientes, según corresponda de acuerdo con la publicación de que se trate: a. No pueden incluirse abreviaturas de términos cuando las mismas, independientemente de su empleo correcto o incorrecto, en la práctica no sean unívocas sino susceptibles de utilizarse para términos diferentes -ej.: com.: comercio, comerciante, comisión; rep.: reparaciones, representante, reproducción; reg.: registro, regular, regional; ext.: externo, extraordinario, extraño, exterior; etc.-. En cualquier caso, sean o no unívocas las abreviaturas, la publicación no se considerará correctamente cumplida cuando, por la reiteración de las mismas, se dificulte manifiestamente la lectura y la certeza en la comprensión del aviso. b. Si la publicidad debe incluir el contenido del objeto de una sociedad o del ramo o ramos de un establecimiento comercial o industrial, los mismos deben ser expresados en forma completa y sin abreviaturas, transcriptos del instrumento respectivo. c. Las denominaciones de sociedades deben constar idénticas a como figuren en el acto constitutivo, contrato o, en su caso, resolución social que haya aprobado su modificación”). |