VENDEDOR DECLARA LIBRE DE GRAVÁMENES AL INMUEBLE.__ ... CLÁUSULA ... (GRAVÁMENES) El VENDEDOR manifiesta que la finca (propiedad inmueble) objeto de este contrato no se encuentra alquilada, ni embargada, ni reconoce hipoteca, ni otro derecho real, ni está inscripta como “Bien de Familia” o «vivienda protegida» de los artículos 244 a 256 del Código Civil y Comercial.