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Inobservancia del deber de trabajar en los días y horarios establecidos. Variante I Ante reiteradas amonestaciones, llamadas de atención, continuas llegadas tarde, ausencia sin aviso y cantidad de sanciones por tal motivo, sin rectificación de su parte, ante nueva inasistencia injustificada, consideramos disuelto contrato de trabajo por su culpa. Haberes a su disposición. |