CESIONARIO DEL PRENDADOR NOTIFICA AL DEUDOR CEDIDO (PRENDATARIO) SU CALIDAD (ART. 1428 CCyC) 1- Por la presente carta documento nos dirigimos a ustedes en vuestra calidad de deudores del crédito con garantía prendaria ..., a Farmacia Balbi, de Hijos de José María Campañaro S.A., con domicilio en Congreso 599, (3153) Victoria, Provincia de Entre Ríos. 2- NOTIFICÁMOLES por la presente carta documento, que nos constituimos en cesionarios de vuestra obligación o débito en fecha .../.../.., por el acto ..., otorgado por ante la escribana Dina Mahiques de Méndez Acosta. 3- Hacémoles esta comunicación en los términos del artículo 1428 del Código Civil y Comercial. 4- Sirva la presente como suficiente aviso a los efectos legales. Salúdolo/s/amos atentamente. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. (1900) La Plata, Provincia de Buenos Aires, Abril 22 de .. Por DIVESCA S.A., como apoderada, Hebe Martínez Mazzucchi de Pelitti (DNI. 62877) ...(firma) 

<<<NOTA: Dice el CCyC: Art. 1428.- Notificación al deudor cedido. La transmisión de los derechos del crédito cedido debe ser notificada al deudor cedido por cualquier medio que evidencie razonablemente la recepción por parte de éste.>>>