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Alquileres A Pagar Depositando En Banco Con Cláusula Penal Por DemoraALQUILERES A PAGAR DEPOSITANDO EN BANCO CON “CLÁUSULA PENAL” POR DEMORA.__ ... CLÁUSULA ... (DEPÓSITO BANCARIO DEL ALQUILER) 1- El LOCATARIO depositará o transferirá el alquiler en o para la cuenta bancaria tipo ...(caja de ahorros; cuenta corriente; ...), Nº..., abierta a nombre de ..., en el banco ..., sucursal ..., ubicada en ..., o en caso de transferencia electrónica a la “CBU” Nº..., con la “CUIT” Nº..., ó donde y como en el futuro y por medio fehaciente notifique el LOCADOR, siempre en los límites políticos de la ciudad de ... 2- La demora en pagar el alquiler generará un interés moratorio diario del ... (...) por ciento en favor del LOCADOR. 3- Una demora superior a ... (...) días facultará al LOCADOR a rescindir «de pleno derecho» (“ipso jure”) este contrato y exigir la deuda e intereses, más los daños y perjuicios que se comprueben o la deuda y sus intereses, más una “cláusula penal” de ... <pesos ... ($...)/dólares de los Estados Unidos de América ... (EUA$...)>. 4- El LOCATARIO podrá canjear cada mes sus comprobantes de depósito por los recibos cancelatorios de alquileres, pasados quince (15) días desde efectivizados, en el domicilio ... 5- Los montos o importes depositados por el LOCATARIO serán imputados siempre a cancelar desde los más antiguos alquileres debidos hacia los más recientes, en orden correlativo. 6- El cálculo del alquiler a pagar será responsabilidad del LOCATARIO, debiendo sujetarse estrictamente a las reglas contractuales y cuando el monto que deposite sea inferior al debido, será considerado como falta de pago del alquiler, sin necesidad de notificación ni aviso alguno por el LOCADOR. |
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