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Locatario Mixto (comercial Y Habitacional), Reclama Que Restituyan Llave De NegocioLOCATARIO MIXTO (COMERCIAL Y HABITACIONAL), RECLAMA QUE RESTITUYAN «LLAVE DE NEGOCIO» (ART. 1196 CCyC) 1- Como locatario de su inmueble ..., con destino mixto (comercial y habitacional) INTÍMOLO a devolverme $..., cobrados e imputados a «llave de negocio» por cuanto estar especialmente prohibida esa exigencia para el destino habitacional por el artículo 1196, inciso «c)», del Código Civil y Comercial. 2- Le otorgo un término perentorio de ... (...) días, para el reintegro, bajo apercibimiento de incoar acciones judiciales y retener los próximos alquileres a devengarse hasta recuperar el monto reclamado, más intereses a la tasa del ... (...) por ciento mensual. 3- Lugar de pago: domicilio ..., en el horario de 00:00 a 0:00, en días hábiles, de lunes a viernes. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. ...(lugar), ... de ... de .. ...(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma) <<<NOTA: Art. 1- Locación habitacional. Si el destino es habitacional, no puede requerirse del locatario: a) el pago de alquileres anticipados por períodos mayores a un mes; b) depósitos de garantía o exigencias asimilables, por cantidad mayor del importe equivalente a un mes de alquiler por cada año de locación contratado; c) el pago de valor llave o equivalentes. Art. 119- Destino de la cosa locada. El locatario debe dar a la cosa locada el destino acordado en el contrato. A falta de convención, puede darle el destino que tenía al momento de locarse, el que se da a cosas análogas en el lugar donde la cosa se encuentra o el que corresponde a su naturaleza. A los efectos de este Capítulo, si el destino es mixto se aplican las normas correspondientes al habitacional.>>> |
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