This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ]
Export date: Tue May 26 23:14:12 2026 / +0000 GMT

Escribano que Recibió Consignación Extrajudicial de un Pago Notifica al Acreedor


ESCRIBANO QUE RECIBIÓ CONSIGNACIÓN EXTRAJUDICIAL DE UN PAGO NOTIFICA AL ACREEDOR En mi calidad de escribano titular del registro notarial Nº... de ..., NOTIFÍCOLE que fue depositada a vuestra disposición por el señor ... (DNI. ...), domiciliado en ..., la suma de pesos ... ($...), imputada al pago de ...(describir), cual podrá ser retirada por usted en el domicilio ..., durante el horario de 00:00 a 00:00, de lunes a viernes en días hábiles. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. ...(lugar), ... de ... de .. ...(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma)

<<<NOTA: Dice el CCyC, Consignación extrajudicial Art. 9- Procedencia y trámite. Sin perjuicio de las disposiciones del Parágrafo 1°, el deudor de una suma de dinero puede optar por el trámite de consignación extrajudicial. A tal fin, debe depositar la suma adeudada ante un escribano de registro, a nombre y a disposición del acreedor, cumpliendo los siguientes recaudos: a) notificar previamente al acreedor, en forma fehaciente, del día, la hora y el lugar en que será efectuado el depósito; b) efectuar el depósito de la suma debida con más los intereses devengados hasta el día del depósito; este depósito debe ser notificado fehacientemente al acreedor por el escribano dentro de las cuarenta y ocho horas hábiles de realizado; si es imposible practicar la notificación, el deudor debe consignar judicialmente. 2- Pago por consignación, ver CCyC arts. 904 a 9>>>

Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com