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CLÁUSULA QUE PROHÍBE VENTA A TERCERO DETERMINADO (Art. 1972 CCCN) Las partes acuerdan que EL COMPRADOR no podrá vender por el plazo de diez (10) años a contar desde la fecha del presente, el inmueble objeto de este contrato al Sr./a………, DNI …………… En caso de incumplimiento a la presente obligación, el VENDEDOR puede demandar al COMPRADOR por daños y perjuicios derivados del mismo. |