This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ]
Export date: Sun May 24 21:49:04 2026 / +0000 GMT

Boleto De Compraventa Inmobiliaria Para Finca Con Reserva De Usufructo Por Vendedor (art. 2134 Ccyc)


BOLETO DE COMPRAVENTA INMOBILIARIA PARA FINCA CON RESERVA DE USUFRUCTO POR VENDEDOR (ART. 2134 CCYC).__ (BOLETO DE COMPRAVENTA) PRELIMINAR (A- PARTES) Entre ... (DNI. ..., CUIT./CUIL. ...), domiciliado en ..., en adelante denominado “VENDEDOR» y ... (DNI. ..., CUIT./CUIL. ...), domiciliado en ..., en adelante denominado “COMPRADOR», celebran este Boleto de Compraventa con Reserva de Usufructo, sujeto a las declaraciones y cláusulas (estipulaciones o condiciones) siguientes: PRIMERA (I- OBJETO) El VENDEDOR transferirá la nuda propiedad al COMPRADOR quien adquirirá la finca (propiedad inmueble) ubicada en ... en la calle ... Nº... , localidad de ..., Provincia de ..., Nomenclatura catastral: Cº: ...; Sº: ...; Fª: ...; Chacra ...; Quinta: ...; Mª: ...; Pª: ...; SubPª: ...; superficie del terreno (m2): ...; dimensiones del terreno: frente ...m y fondo ...m; superficie edificada (m2): ...; partida inmobiliaria: ..., matrícula RPI.: ..., designada como lote ..., en adelante denominada “FINCA”. SEGUNDA (II- PRECIO) El precio total de la FINCA será suma de ... <pesos ... ($...)/dólares de los Estados Unidos de América ... (EUA$...)> pagaderos con las modalidades siguientes: 1- ... (...) al contado en este acto y mediante ...(algún medio de los previstos por la ley 25.345), suma por la cual este contrato es suficiente recibo y 2- ... (...) a la posesión, cual se dará junto a la escrituración. TERCERA (III- ESCRITURACIÓN) 1- La escritura traslativa de dominio se realizará a los ... (...) días de la fecha, por ante el escribano (notario) que designe el ... (COMPRADOR; VENDEDOR; …). 2- Los gastos y honorarios que demandare la escrituración serán a cargo del COMPRADOR, salvo los impuestos que por ley recaigan sobre el VENDEDOR, aunque el “estudio de títulos” estará a cargo de las partes por mitades. CUARTA (IV- USUFRUCTO) El VENDEDOR se reserva por vida y sin limitaciones el usufructo sobre la FINCA. QUINTA (V- FIANZA) El COMPRADOR usufructuante no exigirá fianza por la conservación de la FINCA al VENDEDOR usufructuario. SEXTA (VI- EVICCIÓN SANEAMIENTO) El VENDEDOR responderá por evicción y saneamiento conforme a derecho. SÉPTIMA (VII- INCOMPARECENCIA) Para el caso que citadas las partes por el escribano (notario) interviniente, no concurriera alguna en los cinco (5) días hábiles posteriores a cumplir las obligaciones contractuales, habrá una “cláusula penal” en favor de la otra parte de ... <pesos ... ($...)/dólares de los Estados Unidos de América ... (EUA$...)> que será independiente de la demanda que podrá entablar para exigir el cumplimiento del presente o reclamar daños y perjuicios. OCTAVA (VIII- CONSENTIMIENTO) Dan sus respectivos consentimientos de los cónyuges del VENDEDOR y COMPRADOR, quiénes firman al pie en este acto. NOVENA (IX- DOMICILIOS) Para todos los efectos judiciales y extrajudiciales derivados del presente contrato 1- el VENDEDOR constituye domicilio en ... y 2- el COMPRADOR en ... donde tendrán validez todas las Notificaciónes. DÉCIMA (X- COMPETENCIA) Ambas partes se someten a la competencia de los tribunales ordinarios del fuero ..., de ..., con renuncia a todo otro fuero o jurisdicción. UNDÉCIMA (XI- FIRMAS E INSTRUMENTACIÓN) Se firman ... (...) ejemplares de igual tenor y a similar efecto, entregándose a ..., recibiendo cada parte el suyo en este acto. DUODÉCIMA (XII- LUGAR Y FECHA) Celebrado en ...(localidad, ciudad o pueblo, partido o departamento), a los ... días del mes de ... del año .. <<<NOTAS: 1- Ver “Limitaciones a pagos con efectos cancelatorios en efectivo (ley 25.345) y reajustes (ley 23.928)”. 2- En este caso al constituirse el usufructo, por contrato gratuito, oneroso o testamento, se transmite la nuda propiedad, el dominio es imperfecto y éste se perfeccionará solamente mediante la extinción del derecho real de usufructo de acuerdo a los arts. 2461 y 2129 a 2153 del CCyC. 3- Por imperio del art. 765 del CCyC, el deudor podría pagar los dólares por su equivalente en pesos al “cambio oficial”.>>>

Powered by [ Universal Post Manager ] plugin. HTML saving format developed by gVectors Team www.gVectors.com