PROMUEVE DENUNCIA DEL REGISTRO DEl ESTADO CIVIL Y CAPACIDAD DE LAS PERSONAS

Sr. Juez

Cecilia Soria, abogada en su carácter de Directora Legal del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad de Buenos Aires inscripta al T°35, F° 478, constituyendo domicilio en la calle Uruguay 445 de esta Capital Federal, Zona de notificación 11, Teléfono 4379-1444, y dirección de correo electrónico csoria@gmail.com, a V.S. me presento y respetuosamente digo:

PERSONERÍA

Que de acuerdo a lo establecido en la Disposición DGRECyCP N° 75/93 la que en copia certificada se acompaña y de cuya vigencia doy fe, de conformidad con lo establecido en el art. 85 de la ley 26.413 estoy autorizada a concurrir a V.S.

OBJETO

Que en el carácter invocado vengo a solicitar que en el momento procesal oportuno ordene la inscripción del nacimiento de Mora Cerimedo conforme los hechos que seguidamente se exponen.

HECHOS

Con fecha 23 de junio de 2011 por nota n° 20 de la Circunscripción N° 1 de este Registro Civil, se informa que con fecha 21/06/2011 comparece la Sra. Ornella Martínez quien manifiesta ser la abuela de Mora Cerimedo, quien presenta una nota solicitando autorización para la inscripción fuera de término legal de la menor precedentemente nombrada, quien habría nacido el 1º de diciembre de 2005, por parto ocurrido en ambulancia (vía pública), denunciando que serían sus progenitores Emilia Serú y Carlos Cerimedo.

La Sra. Martínez informa que la madre de la nacida le dejo a la niña cuando nació, no volviendo nunca más por lo que ella la crió. También informa que su hijo Carlos Cerimedo se encuentra detenido en la cárcel de Ezeiza, motivo por el cual solicita la expedición del acta de nacimiento y el DNI de la niña dado que es ella quien se encarga de su crianza. 

Presenta la requirente copia de un certificado expedido por el Hospital Pirovano en donde se consigna que el parto se produjo en la ambulancia y acompaña asimismo copia de un certificado negativo de inexistencia de inscripción de nacimiento en la Provincia de Buenos Aires y copia del acta labrada por ante la Asesoría de Menores e Incapaces N°1 en virtud del cual se deja constancia que se le hace entrega de la documentación a quien sería la abuela de la menor a fin de efectuar la inscripción correspondiente.

DERECHO

Fundo la presente demanda en el art. 565 del Código Civil y Comercial de la Nación.

PRUEBA

Documental: Se acompañan:

a) nota N° 20 de la Circunscripción N° 1 de esta Registro Civil,

b) nota de fecha 21/06/2011 de la Sra. Ornella Martínez, 

c) informe negativo de inscripción en nuestro archivo general,

d) informe negativo de inscripción del Registro Nacional de las Personas, 

e) copia del certificado extendido por el Hospital Pirovano,

f) Certificado negativo de la Pcia. de Buenos Aires, 

g) copia del acta de la Asesoría de Menores e Incapaces N° -

PETITORIO

a) Se me tenga por presentada en el carácter invocado, por parte y por constituido el domicilio.

b) Se tenga por agregada la documentación acompañada.

c) Si V.S. lo considera pertinente, en el momento procesal oportuno, ordene a éste Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas la inscripción del nacimiento de Mora Cerimedo, haciendo constar en el auto que así lo disponga todos los datos a inscribir a fin de la correcta confección del acta respectiva.

Proveer de conformidad,

SERÁ JUSTICIA.-