This page was exported from infojudicial.com.ar - Noticias Judiciales [ https://www.infojudicial.com.ar/areas ] Export date:Thu May 28 22:06:42 2026 / +0000 GMT ___________________________________________________ Title: INICIA ACCIÓN DE RECLAMACIÓN DE FILIACIÓN EXTRAMATRIMONIAL --------------------------------------------------- SUMARIO: ACTOR: X DEMANDADO: X MONTO: Indeterminado MATERIA: Filiación DOCUMENTACIÖN ACOMPAÑADA: DNI de la actora, Certificado de nacimiento, capturas de pantalla, constancias AFIP Señor/a Juez/a: X DNI X, con domicilio real en calle X N° de la ciudad de X, con el patrocinio letrado X Tomo X Folio X Colegio de Abogados de X, Monotributista C.U.I.T e Ingresos Brutos X, legajo previsional X, constituyendo domicilio procesal en calle X N° X de la Ciudad de La Plata, y electrónico en X, a V. S. me presento y digo: I. OBJETO Que en este acto y de conformidad con lo dispuesto por los arts. 570 y siguientes del Código Civil y Comercial, promuevo demanda por reclamación de la filiación extramatrimonial contra X, X, con domicilio real en X, de la localidad de X. II. HECHOS III. LEGITIMACIÓN ACTIVA En mi carácter de reclamante de filiación respecto al aquí demandado, es que soy legitimada activa para entablar la presente acción de emplazamiento a los fines de resguardar, asegurar, y que se reconozca mi derecho a la identidad. Lo dicho, en conformidad con el ARTICULO 582 del CCCN, en cuanto regula que “el hijo puede reclamar su filiación matrimonial contra sus progenitores si no resulta de la inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas. La acción debe entablarse contra los cónyuges conjuntamente. El hijo también puede reclamar su filiación extramatrimonial contra quienes considere sus progenitores”. IV. LEGITIMACIÓN PASIVA El Sr. X es legitimado pasivo, entendiendo que es contra él que se inicia la presente. Es asimismo que surge lo dicho conforme el anteriormente citado Artículo 582 CCCN. V. COMPETENCIA Entiendo que VS es competente a entender en la presente acción, siendo esta una acción personal, encuadrada dentro de lo normado por el Art. 5 Inc.3 del CPCCBA. VI. PRUEBA VI.1 DOCUMENTAL: 1) Certificado de nacimiento. 2) Capturas de pantalla de la aplicación Whatsapp donde figura en las conversaciones que el aquí demandado se refiera hacia mi como “hija”. 3) Constancia de inscripción en AFIP como trabajador autónomo del demandado. 4) Certificación negativa de ANSES de la actora. VI.2 PERICIAL MÉDICA: Conforme lo admite el artículo 579 del Código Civil y Comercial de la Nación (“Prueba genética. En las acciones de filiación se admiten toda clase de pruebas, incluidas las genéticas, que pueden ser decretadas de oficio o a petición de parte”) ofrezco la prueba pericial de análisis de ADN y para el caso de que esta prueba no diere resultado satisfactorio en cuanto al índice de inclusión de paternidad del demandado, dejo ofrecida, en subsidio, la prueba que considere conducente y por el profesional que V. S. indique o determine en carácter de perito único de oficio. A este respecto, cabe destacar que la ley 23.511 de creación del Banco Nacional de Datos Genéticos, prescribe en su art. 4º que cuando fuere necesario determinar la filiación de una persona y la pretensión apareciese verosímil o razonable, la negativa a someterse a los exámenes y análisis necesarios constituirá indicio contrario a la posición sustentada por el renuente. Esto significa por lo tanto, una obligación dada por la ley a manifestar la voluntad, por lo que es una excepción al principio de que el silencio no implica una manifestación de la voluntad de artículo 263 del Código Civil y Comercial, cuyo texto expresa: “El silencio opuesto a actos o a una interrogación no es considerado como una manifestación de voluntad conforme al acto o la interrogación, excepto en los casos en que haya un deber de expedirse que puede resultar de la ley, de la voluntad de las partes, de los usos y prácticas, o de una relación entre el silencio actual y las declaraciones precedentes.” VI.3. INFORMATIVA: A los fines establecidos en la presente, solicito se libre oficio a los siguientes organismos: 1. AFIP, a los fines de que se sirva informar sobre la facturación emitida por el demandado en los periodos desde JUNIO DE 2017 A JUNIO DE 2020 de forma tal de poder determinar el monto correspondiente tanto a los alimentos provisorios como a los alimentos devengados. ANSES, a los fines de que se sirva informar sobre la situación laboral de la actora (si existe o no registración laboral en relación de dependencia o actividad registrada por cuenta propia). Registro de Estado Civil y capacidad de las personas de la Provincia de Buenos Aires, a los fines de que se expida sobre la veracidad de la partida de nacimiento de la actora para el supuesto de que la misma sea desconocida por el demandado. VI. 4 CONFESIONAL: Solicito se cite al demandado a absolver posiciones a tenor del pliego que oportunamente se acompañará. VI.5 TESTIMONIAL: Ofrezco como testigos a los siguientes: I) X, DNI X, domicilio X, La Plata. II) X, DNI X, domicilio X, Ensenada III) X, DNI X, domicilio X, La Plata. VII. DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADOS DE LA FALTA DE RECONOCIMIENTO. DAÑOS DERIVADOS Conforme lo establece el Art. 587 del CCCN, los daños derivados de la falta de reconocimiento son reparables en el supuesto de cumplirse los requisitos previstos en el título correspondiente a la Responsabilidad civil en tanto son fuente de las obligaciones. A tales efectos, es claro que los requisitos se encuentran cubiertos por las razones que a continuación me dispongo a desarrollar. ANTIJURIDICIDAD NEXO / RELACIÓN DE CAUSALIDAD FACTOR DE ATRIBUCIÓN DAÑO Daño Moral: Daño Material: VIII. ALIMENTOS. ALIMENTOS PROVISORIOS En base a lo dictaminado por el CCCN Art. 537 inc. a), 541, 542, 544, 552, y 586, solicito a VS tenga a bien ordenar la imposición de la obligación alimentaria en cabeza del demandado, la cual deberá determinarse de acuerdo a lo resultante del informe solicitado en el apartado de prueba pertinente de la prueba informativa. A tales fines, manifiesto que el demandado se desempeña como trabajador autónomo figurando como responsable inscripto en el IVA y en el impuesto a las Ganancias. Todo ello conforme lo indica la constancia de inscripción que acompaño. Es así que dicha medida es procedente, dado que cuando se solicitan alimentos provisorios, no se exige, por lo general, la demostración sumaria de la verosimilitud en el derecho ni el peligro en la demora, sino acreditar “la comprobación de las circunstancias descriptivas en la ley de fondo como requisitos para su concesión” Es así que conforme lo que dicta el Art. 586 del CCCN, me encuentro legitimada a solicitar los aquí peticionados alimentos provisorios, dado que establece: “Durante el proceso de reclamación de la filiación o incluso antes de su inicio, el juez puede fijar alimentos provisorios contra el presunto progenitor, de conformidad a lo establecido en el Título VII del Libro Segundo”. IX. ALIMENTOS DEVENGADOS De acuerdo a lo mencionado en el apartado anterior, interpongo por la presente el reclamo correspondiente a los alimentos devengados con plazo de dos años anteriores a la fecha de interposición de la demanda. A los mismos, deberán abonarse los intereses que cobra el Banco de la Pcia. de Bs. As. en sus operaciones de descuento a 30 días. (Conf. ART. 552 CCCN). A los efectos de solicitar la determinación del monto correspondiente los alimentos devengados, me remito a lo mencionado en el apartado correspondiente a la prueba informativa, de cuyo resultante se derivara la liquidación a presentar por esta parte. X. DERECHO Fundo mi petición conforme lo establecido en los artículos 570 , 582, 586, 587, 1710, 1716, 1717, 1724, 1749 del Código Civil y Comercial de la Nación. XI. PLANTEO DE CASO FEDERAL Que ante el improbable caso de una resolución adversa a mi petición, hago reserva del caso federal mediante recurso extraordinario por ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación conforme la Ley 48 Art. 14, atento que las normas jurídicas cuya constitucionalidad se cuestiona lesionan derechos y principios de raigambre constitucional tales como mi defensa en juicio (Art. 18 CN), como así también las partes pertinentes de la Convención de los Derechos del Niño, siendo correspondientes entre otros, el art. 27 inc 4 (obligación de los Estados parte para asegurar el pago de la pensión alimenticia). XII. AUTORIZACIONES Autorizo al Sr. X, DNI X, a sacar copias, retirar en préstamo, tomar vista del expediente, y toda diligencia conducente para el impulso del proceso. XIII. PETITORIO Por todo lo expuesto de V. S. solicito: 1. Me tenga por presentada, parte en el carácter invocado y por constituido el domicilio indicado. 2. Tenga por promovida la acción de reclamación de la filiación extramatrimonial contra el demandado, disponiendo correr el traslado de ella, bajo apercibimiento de ley. 3. Tenga presente la prueba acompañada y ofrecida 4. Oportunamente haga lugar a la demanda declarando que X es hija del demandado, con expresa imposición de costas a la demandada. 5. En caso de ser favorable, se inscriba la eventual sentencia en el Registro de Estado Civil y Capacidad de las Personas. Proveer de conformidad, Será Justicia --------------------------------------------------- Images: --------------------------------------------------- --------------------------------------------------- Post date: 2020-07-14 22:23:23 Post date GMT: 2020-07-14 22:23:23 Post modified date: 2020-07-14 22:23:23 Post modified date GMT: 2020-07-14 22:23:23 ____________________________________________________________________________________________ Export of Post and Page as text file has been powered by [ Universal Post Manager ] plugin from www.gconverters.com