LOCACIÓN POR TEMPORADA EN COUNTRY CLUB

Entre ... Completar ... , con Documento ... Completar ... y domicilio en  ... Completar ..., denominado en adelante "El Locador", y ... Completar ... , con Documento ... Completar ... y domicilio en ... Completar ... , denominado en adelante "El Locatario"; se celebra el presente Contrato, el cual se regirá por las siguientes cláusulas, y en general por las normas legales vigentes :

 

PRIMERA: El Locador entrega en locación al Locatario, el inmueble situado en ... Completar ... , cuyo estado de conservación es ... Completar ..., el cual tiene  las siguientes comodidades ... Completar ... y cuenta con los muebles y accesorios que se describen en el inventario que integra el presente Contrato, el cual es confeccionado por separado y firmado por las partes.

 

SEGUNDA: Se conviene el importe del alquiler en la suma de $ ... Completar ... (Son Pesos ... Completar ...), pagaderos en el horario de ... Completar ... horas, en ... Completar ... por mes adelantado. El Locatario entrega en concepto de seña el importe de $ ... Completar ... (Son Pesos ... Completar ...), sirviendo el presente de recibo suficiente.

 

TERCERA: Se conviene el plazo de locación en ... Completar ..., comenzando a regir a partir del día ... Completar ..., a las ... Completar ... horas, y finalizando en forma definitiva e improrrogable el día ... Completar ..., a las ... Completar ... horas, momento en que el Locatario deberá hacer entrega de la locación totalmente desocupada de personas y cosas, en óptimo estado de conservación y aseo, al igual que los muebles y accesorios inventariados.

 

CUARTA: Podrán ser ubicados los automóviles que ingresen a la finca, sólo en aquéllos lugares destinados al estacionamiento, o en los caminos interiores, nunca podrán transitar o permanecer sobre el césped.

 

QUINTA: Deberá respetar y hacer cumplir el Locador, la totalidad de las normas de los Reglamentos de Copropiedad e Interno del ... Completar ..., cuyas copias le fueron entregadas en este acto y luego de leídas declara que los observará fielmente y velará para que los miembros de su familia, personal de servicio y visitas los respeten.

 

SEXTA: Respecto del jardín de la finca se estipula lo siguiente a cargo del  Locatario:  a) deberá pagar los servicios de mantenimiento; b) realizará las tareas de riego normales para la estación del año en que ocupe la finca, y como mínimo ... Completar ...; y c) permitirá el ingreso al jardín del personal que realice control de plagas, podado, etc.

 

SEPTIMA: Deberá ser comunicada fehacientemente a ... Completar ... toda reparación urgente y necesaria, quién en forma inmediata efectuará la reparación o autorizará al Locatario a realizarla, a costa del Locador. Asimismo se prohibe toda realización de mejoras, y las realizadas quedarán  en beneficio de la propiedad, y sin cargo alguno para el Locador.

 

OCTAVA: Son a cargo del Locatario los gastos de luz, gas, agua, teléfono, ... Completar ... etc., durante todo el tiempo que ocupe el inmueble, verificándose en el acto de entrega y en el de devolución de la locación, el estado de los  respectivos medidores, bajo constancia y firma de las partes al pie del inventario, debiendo pagar el Locatario antes de la devolución de la locación  lo consumido.

 

NOVENA: El grupo familiar que convive con el Locatario se halla integrado por  las siguientes personas: ... Completar ... (datos de identidad, edad, etc.) y el personal de servicio ... Completar ... , quedando expresamente prohibida la incorporación de más personas que las mencionadas.

 

DECIMA: En garantía del fiel cumplimiento del presente Contrato, y los daños que pudiera ocasionar, el Locatario entrega al Locador en este acto, de lo cual el presente constituye recibo suficiente, el importe de $ ... Completar ... (Son Pesos ... Completar ...), que no devengarán intereses y  quedará en depósito en poder del  Locador, durante todo el tiempo que el Locatario ocupe el inmueble.

 

UNDECIMA: Sólo será de vivienda transitoria de la temporada de vacaciones del Locatario y su grupo familiar el destino del inmueble, y está  prohibido todo otro uso, y la cesión o sublocación total o parcial, permanente o temporaria del inmueble, o las transmisiones totales o parciales, onerosas o gratuitas.

 

DUODECIMA: Está prohibido al Locatario introducir modificaciones en el inmueble, y originará la violación de la prohibición, total o parcial, permanente o temporaria, la rescisión culpable de la locación, motivando el desalojo y atribuyendo la responsabilidad al Locatario por los daños y perjuicios.

 

DECIMATERCERA: El Locador o quién éste designe, podrá inspeccionar el estado del inmueble los días hábiles en el horario de ... Completar ...  horas.

 

DECIMACUARTA: Es obligatorio: a) Admitir el acceso del administrador a la unidad cuando lo exijan razones de beneficio común a juicio del Administrado ... Completar ...,  o circunstancias de peligro urgencia, b) Respetar el orden, la limpieza, e higiene en las partes y accesos comunes, c) Avisar de cualquier enfermedad infectocontagiosa dentro del ámbito consorcial y sanitariamente donde legalmente corresponda, d) Avisar a la administración cualquier cesión de uso o transferencia de unidad.

 

DECIMAQUINTA: Está prohibido: a) Tener en las unidades o en el inmueble cosas peligrosas o que originen peligro;  inflamables;  asfixiantes; b) Usar indebidamente lugares comunes; ;  c) Depositar cosas de cualquier índole que afecten la esférica del conjunto inmobiliario, su aspecto o presencia o que impliquen daño o posibilidad de daño o molestia; d) Obstruir sectores comunes aún los abiertos o al aire libre e) Construir o instalar sin previos permisos consorciales y oficiales en partes propias o comunes, salvo prescripción expresa reglamentaria en favor de ellas;

 

DECIMASEXTA: Asimismo se prohibe: a) Encomendar al personal del Consorcio trabajos o servicios de carácter particular en horario de trabajo, excepto circunstancias de peligro o de extrema necesidad; b) Arrojar cosas a partes propias o comunes en violación de las normas de salubridad vigentes; c) Producir ruidos, emanaciones nocivas o molestas; d) Producir trepidaciones, escándalos o alborotos dentro o fuera de la unidad;  e) Colocar objetos de cualquier naturaleza en los balcones o ventanas, que afecten la estética;  f) Alterar y modificar elementos exteriores que afecten a la unidad, como así en lo que respecta a colores; g) Modificar delimitaciones exteriores y comunes; h) Efectuar mudanzas o cambio de ocupación, sin expresa autorización conferida al respecto por la Administración por escrito, indicando día y hora.

 

DECIMASEPTIMA: Deberá responder el Locatario  por todos los hechos que causaren las personas de su familia, de servicio, empleados, huéspedes, sean en el inmueble, o enlos bienes comunes  o de terceros.

 

DECIMAOCTAVA:  Podrá utilizar el Locatario a su costa las instalaciones deportivas y sociales del ... Completar ..., observando  las restricciones que impone el Reglamento Interno. 

 

DECIMANOVENA: Se limitará el Locador a presentar ante la Administración al Locatario, no garantizando, ni formando parte de éste Contrato el uso de los lugares de esparcimiento comunes.

 

VIGESIMA: Producirá su rescisión la falta de cumplimiento por parte del Locatario de cualquiera de las cláusulas del presente Contrato, con culpa atribuible a dicha actitud,  lo que facultará al Locador a iniciar el desalojo y reclamar el pago de los daños y perjuicios. Sin perjuicio de ello, el Locador podrá iniciar juicio de desalojo y además exigir judicialmente el pago de $ ... Completar ... (Son Pesos  ... Completar ...) por cada día de retardo, si al vencimiento del plazo acordado el Locatario no hiciera entrega en forma del inmueble locado.

 

VIGESIMAPRIMERA: Dará lugar a acción ejecutiva por cobro a cuyo efecto se pacta que tendrá valor a tal fin la nómina de objetos faltantes o deteriorados,  la falta de reposición de los objetos e instalaciones inventariadas en el mismo buen estado en que el Locatario los recibe.

 

VIGESIMASEGUNDA: Será pagado por partes iguales por Locador y Locatario el sellado de Ley del presente Contrato.

 

VIGESIMATERCERA: A todos los efectos judiciales o extrajudiciales del presente Contrato el Locador constituye domicilio en ... Completar ... ,  y el Locatario en ... Completar ... , donde tendrán validez todas las Notificaciónes que allí se realicen.

 

VIGESIMACUARTA: Toda controversia judicial derivada de este Contrato, será sometida a la competencia de los Tribunales ... Completar ... de ... Completar ..., con renuncia a cualquier otro fuero o jurisdicción. 

 

VIGESIMAQUINTA: Se firman ... Completar ... ejemplares recibiendo cada parte el suyo en este acto.

 

VIGESIMASEXTA: Dado en ... Completar ..., a los ... Completar ... días del mes de ... Completar ... de ... Completar ...

 

 

 

 

NOTA: lo escrito en letra cursiva deberá ser reemplazado por los datos que correspondan.