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Modelo de Escrito7 CARGADOR RECHAZA, EL CASOFORTUITO Y/O FUERZA MAYOR QUE ESGRIMIÓ EL PORTEADOR PARA EXIMIR SURESPONSABILIDAD ANTE ROBO DE MERCADERÍA E INVOCA LAS OBLIGACIONES DELTRANSPORTISTA ...(remitentey domicilio; destinatario y domicilio)1- Rechazamosque puedan liberarse de responsabilidad argumentando «caso fortuito» y «fuerzamayor», pues para excepcionarse por ellos, se requiere que la situación nopueda serles imputable a título de culpa. 2- No pueden liberarsede responsabilidad por mis mercaderías, con la excusa liberatoria fundada en elrobo a mano armada que sufrieron. 3- Si ustedes como porteadoreso transportistas no adoptaron las precauciones que exigían las circunstanciasde personas, tiempo y lugar con relación a la valiosa mercadería que les habíamosconfiado. 4- Vuestra conducta se encuadra en lo dispuesto en losartículos 176 del Código de Comercio y 512 y 902 del Código Civil. 5- Lesconcedemos un plazo perentorio de ... (...) para indemnizarnos en elmonto total de pesos ... ($...), correspondientes pesos ... ($...),al valor de las mercadería, mas pesos ... ($...), por gastos de flete ypesos ... ($...), por intereses desde el ... 6- Fenecidoel término concedido incoaremos litigio por incumplimiento del contrato detransporte más daños y perjuicios. QUEDAN FORMALMENTE NOTIFICADOS....(lugar, fecha, nombre y apellido del remitente, tipo de documento deidentidad, número y firma) <<<7 NOTA: Dice el CCORA, Art. 176. Aunque las averíaso pérdidas provengan de caso fortuito o de vicio propio de la cosa cargada,quedará obligado el porteador a la indemnización, si se probare que la avería opérdida provino de su negligencia o culpa, por haber dejado de emplear losmedios o precauciones practicadas en circunstancias idénticas por personasdiligentes. Dice el CCRA, Art. 5 La culpa del deudor en elcumplimiento de la obligación consiste en la omisión de aquellas diligenciasque exigiere la naturaleza de la obligación, y que correspondiesen a lascircunstancias de las personas, del tiempo y del lugar. Art. 902.Cuanto mayor sea el deber de obrar con prudencia y pleno conocimiento de lascosas, mayor será la obligación que resulte de las consecuencias posibles delos hechos.
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