RESOLUCIÒN DICTADA RESPECTO DE LA DEMANDA PRESENTADA EN AUTOS


«Buenos Aires, 15 de agosto de 201 Por presentado, por parte y por constituido el domicilio indicado. De la demanda instaurada y de la prueba ofrecida, traslado a la contraria por diez días (conforme art. 319 del Código Procesal). Por ofrecida la prueba. Atento la naturaleza de la acción intentada cítese al Sr. Defensor de Pobres y Ausentes a los fines de que ejerza la representación del Ministerio Público. Resérvense en Secretaría los originales de la documental adjunta. Notifíquese. Firmado: ……………….., Juez».