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Señor Juez: Por medio del presente, solicito la revocación del auto de fecha // que concede la apelación deducida por el codemandado, en tanto que dicha apelación es extemporánea, al haber sido presentada después del plazo dispuesto por el Art. 117 LO. El codemandado ha interpuesto una apelación contra una sentencia interlocutoria, y el plazo para la apelación es de tres días. En este caso, el codemandado fue notificado el día // y presentó su apelación el día // a las 15:06 hs, por lo que el plazo ya había vencido. Por lo tanto, solicito que se declare la extemporaneidad de la apelación y se revoque el auto que concedió la misma. Además, solicito la revocación del auto de fecha // que concede la apelación de la codemandada, ya que dicha apelación no está fundamentada, y no se han expresado los agravios correspondientes. Es importante destacar que incluso la presentación de la apelación se encuentra en potencial, ya que no se ha establecido cuál sería el perjuicio que se estaría causando. Como no se han expresado los agravios, de conformidad con lo establecido por el Art. 118 LO, solicito que se revoque el auto que concedió la apelación y se deniegue en los términos del Art. 118 de la Ley 18345. Por otro lado, según lo establecido por el Art. 109 LO, que indica que todas las resoluciones dictadas en el proceso de ejecución de sentencia son inapelables, solicito la revocación de la concesión de dichos recursos. Además, planteo la revocación de la resolución de fecha //, ya que en la misma se establece que no se liberarán giros debido a que los fondos aún no están disponibles. Sin embargo, esta afirmación carece de fundamento, ya que no existe oposición por parte del comprador, quien es el único legitimado para tal fin según lo establecido por el CPCCN. Por favor, proveer de conformidad. |