Censistas: para cobrar gastos deben suministrar los datos bancarios al Indec

Podrán hacerlo hasta el 23 de enero de 2023, plazo luego del cual prescribirá el derecho a su percepción Resolución 315/22-Indec Ciudad de Buenos Aires, 19/12/2022 VISTO el Expediente EX-2022-49530786-APN-DGAYO#INDEC, la Ley N° 17.622, el Decreto Reglamentario N° 3110 de fecha 30 de diciembre de 1970, el Decreto N° 92 del 27 de diciembre de 2019 y el […]

Fuente: https://comercioyjusticia.info/leyes-y-comentarios/censistas-para-cobrar-gastos-deben-suministrar-los-datos-bancarios-al-indec/