Transferencias de automotores: ¿cuándo no será necesaria la verificación?

La Dirección de Registros Seccionales, a cargo de la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad del Automotor y de Créditos Prendarios, dispuso que corresponderá a aquellas transferencias de dominio que se peticionen dentro del plazo de 45 días corridos, contados desde la última en que se haya verificado la unidad, siempre y cuando ésta se encuentre vigente Disposición 10/24- Dnrnpacp Ciudad de […]

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