Se establece que el condómino excluido tiene derecho a exigir el pago de un canon locativo al condómino que usa el bien de manera exclusiva, y que este derecho debe ser exteriorizado mediante una intimación al deudor. Además, el pago del canon debe extenderse por todo el período durante el cual el condómino mantuvo el bien en su poder, y el uso exclusivo del bien se refiere a que es excluyente del uso de la otra parte. Finalmente, se establece que cuando el condómino excluido manifiesta su disco...
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Restitución del inmueble. el desalojo no podría efectivizarse hasta que se garantizaran medidas efectivas en resguardo del derecho a la vivienda de las personas ocupantes
La Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil confirmó la sentencia de primera instancia. Por lo tanto, admitió el planteo de restitución del inmueble conforme lo previsto en el artículo 1223 del Código Civil y Comercial. Sin embargo, dispuso que el desalojo no podría efectivizarse hasta que se garantizaran medidas efectivas en resguardo del derecho a la vivienda de las personas ocupantes (jueza Benavente y jueces González Zurro y Calvo Costa).
Un grupo de familias ocupaba una vivi...
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