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OPTACIÓN DE HEREDEROS DEL ARRENDATARIO A CONTINUAR EXPLOTANDO EL CAMPO (ART. 7°, LEY 246) 1- Nos dirigimos a usted como sucesores universales de don …, fallecido el …/…/.., su arrendatario según el contrato de arrendamiento …, suscripto el …/…/.., por las tierras …(de la estancia …; de la fracción de campo …; del campo …; del establecimiento agrícola …; del establecimiento agroganadero …; del establecimiento ganadero …; …), de su propiedad, de … has., ubicado en …(Cuartel, Partido; Departamento; …). 2- ANOTICIÁMOSLE nuestra decisión de continuar explotando el predio su propiedad, aparados en el artículo 7° de ley 2 Salúdolo/s/amos atentamente. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. …(lugar), … de … de .. …(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma)
<<<NOTA: Dice la ley 246, Art. 7º. El arrendatario no podrá ceder el contrato ni subarrendar, salvo conformidad expresa del arrendador. Si ocurriese la muerte del arrendatario, será permitida la continuación del contrato por sus descendientes, ascendientes, cónyuge o colaterales hasta el segundo grado que hayan participado directamente en la explotación, o su rescisión a elección de éstos. La decisión deberá notificarse en forma fehaciente al arrendador dentro de los treinta (30) días contados a partir del fallecimiento.>>>
Cita digital del documento: ID_INFOJU139491