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promueve exequátur
Sr. Juez
Claudia Calandra, con domicilio real en la calle Monroe N° 2134, piso 4°, Depto. C, de Capital Federal, por su derecho, con el patrocinio letrado del Dr. Guillermo Ferrero, Abogado inscripto al T° 54, F° 778, del Colegio Público de Abogados de Capital Federal, Monotributista, CUIT……………, constituyendo domicilio en la calle Paraguay 1557 de esta Capital Federal, Zona de notificación 11, Teléfono 4379-1444, y dirección de correo electrónico gferrero@gmail.com, a V.S. me presento y respetuosamente digo:
OBJETO
Vengo por el presente a solicitar exequátur de la sentencia extranjera dictada por el Tribunal de Primera Instancia del Condado de Hudson, Nueva Jersey.
HECHOS
El día 27 de marzo de 1982, Susana Calandra y Víctor Anasagasti contrajimos matrimonio, el cual fue inscripto en el Acta 1ª, Circunscripción C, Tomo 1H, del año 1982, del Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas de la Ciudad Autónoma, como se acredita con la libreta de matrimonio que se adjunta.
Luego de unos años, nos radicamos en la Ciudad de Nueva Jersey, distrito de Nueva York de los Estados Unidos de Norteamérica.
Transcurridos casi veinte años de matrimonio, la convivencia por distintos motivos se tornó imposible y decidimos divorciarnos.
Es así que con fecha 16 de noviembre de 2001, obtuvimos la sentencia definitiva de divorcio por mutuo consentimiento ante el Tribunal de Primera Instancia del Condado de Hudson, Nueva Jersey, cuyo original debidamente traducido, legalizado y con su Apostilla, de conformidad con la normativa internacional, se acompaña a esta presentación.
Luego de obtener la sentencia de divorcio, retorné a la Argentina donde actualmente me encuentro residiendo.
Ahora bien, ante la necesidad de inscribir la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal extranjero mencionado en el Registro Civil Argentino y encontrándose reunidos todos los requisitos requeridos por el art. 517, 518 y sigtes. del Código Procesal, es que vengo a solicitar se homologue la sentencia definitiva de divorcio de Sandra Calandra y Víctor Anasagasti, ordenándose su correspondiente inscripción.
PRUEBA
Documental: Se acompaña libreta de matrimonio y sentencia definitiva de divorcio, debidamente traducida, legalizada y con su Apostilla (Convención de La Haya).
DERECHO
Fundo el derecho que me asiste en los arts. 517, 518, 519 y sigtes. del C.P.C.C.N. y en los arts. 2622 y concs. del Código Civil y Comercial de la Nación.
PETITORIO
a) Se me tenga por presentada, por parte y por constituido el domicilio.
b) Se agregue la documentación acompañada.
c) Se homologue la sentencia de divorcio acompañada ordenándose la inscripción en el Registro del Estado Civil y Capacidad de las Personas.
Proveer de conformidad,
SERÁ JUSTICIA.-
Cita digital del documento: ID_INFOJU140141