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ACERCA DEL TELEGRAMA Y CARTADOCUMENTO GRATUITOS (LEYES 23.789, 2487 Y DEC. 2.281/93, 150/96) Funcionaen todo el territorio de la República Argentina un servicio de telegrama yCarta Documento para empleados dependientes, los jubilados y pensionados, elabsolutamente gratuito para el remitente. El servicio de telegrama tienesimilares características que el denominado «colacionado». Sólo puedenutilizarse los servicios enunciados en los siguientes casos: a) porel empleado dependiente, para cualquier comunicación dirigida a su empleadorque deba efectuar vinculada con su contrato o relación de trabajo, tanto si laremite en forma personal o representado por su organización gremial; b) porel jubilado o pensionado, para cualesquiera comunicaciones que deba efectuar aorganismos previsionales, en caso de conflicto con ellos; c) porlos empleados, jubilados y pensionados, para cualesquiera comunicaciones quedeben efectuar a sus respectivas obras sociales, sólo en caso de conflicto conellas. La oficina del Correo Argentino desde la cual se despachen losinstrumentos mencionados los recibirá y expenderá sin dilación alguna, aun encaso de dudas sobre la condición invocada por el remitente o sobre el carácterdel texto a remitir. El telegrama podrá contener un texto de hasta treinta (30)palabras, excluidas las referidas a datos necesarios para la remisión yrecepción. La Carta Documento podrá tener una extensión máxima de un (1)ejemplar del formulario respectivo.
Cita digital del documento: ID_INFOJU141288