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CONSERVACIÓN DEL INMUEBLE
Conforman obligaciones que indefectiblemente deberá cumplir el Locatario, las detalladas a continuación: conservar las instalaciones, servicios, cloacas, cañerías, medidores de agua, de gas, de electricidad, artefactos, accesorios y la acera, etc., de la finca arrendada. A tal efecto deberá hacerse cargo de los gastos originados por reconstrucciones, reemplazos y/o trabajos de mantenimiento.
Es también obligación del Locatario el mantenimiento de la acera de la finca arrendada en óptimas condiciones de limpieza, en toda su extensión.
Asimismo también está obligado a retirar diariamente los residuos originados como consecuencia de las actividades que efectúe cotidianamente.
Cita digital del documento: ID_INFOJU141661