Vendedor resuelve boleto de compraventa, amparado en imprevisión y ofrece reintegrar el monto recibido

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VENDEDOR RESUELVE BOLETO DE COMPRAVENTA, AMPARADO EN IMPREVISIÓN Y OFRECE REINTEGRAR EL MONTO RECIBIDO 1- Amparado en lo dispuesto por el artículo 1091 del Código Civil y Comercial, por los hechos sobrevenidos extraordinarios e imprevisibles …, que me han alterado absolutamente las circunstancias que existían al tiempo de celebrar el acto, RESUELVO el Boleto de Compraventa celebrado entre nosotros en fecha …/…/.., sobre la finca (propiedad inmueble) …, nomenclatura catastral …, matrícula …, en el Registro de la Propiedad Inmueble de … 2- Pongo a su disposición el monto de (EUA$…) recibido como adelanto del precio de la compraventa, para restituirlo el día …/…/.., a las 00:00 horas, en …, ante el notario (escribano público) … 3- A todos los efectos, constituyo domicilio especial en el Estudio Jurídico del Dr. …, sito en … Salúdolo/s/amos atentamente. QUEDA/N FORMALMENTE NOTIFICADO/S. …(lugar), … de … de .. …(nombre y apellido del remitente, DNI. y firma) 

<<<NOTA: Dice el CCyC, Art. 1- Imprevisión. Si en un contrato conmutativo de ejecución diferida o permanente, la prestación a cargo de una de las partes se torna excesivamente onerosa, por una alteración extraordinaria de las circunstancias existentes al tiempo de su celebración, sobrevenida por causas ajenas a las partes y al riesgo asumido por la que es afectada, ésta tiene derecho a plantear extrajudicialmente, o pedir ante un juez, por acción o como excepción, la resolución total o parcial del contrato, o su adecuación. Igual regla se aplica al tercero a quien le han sido conferidos derechos, o asignadas obligaciones, resultantes del contrato; y al contrato aleatorio si la prestación se torna excesivamente onerosa por causas extrañas a su álea propia.>>> 



       

Cita digital del documento: ID_INFOJU138115