En un fallo reciente se condena a una empresa de medicina prepaga a reembolsar a su afiliada las sumas pagadas, más intereses, en concepto de aumento de la cuota por alcanzar la edad de 36 años. Además, se ordena el cese de dicho cobro adicional en las cuotas posteriores y se impone una indemnización por daño punitivo. Este fallo, emitido por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial, plantea importantes cuestiones relacionadas con la responsabilidad de las empresas de medicina prepaga y...
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