Legislación nacional

Tiempo estimado de lectura 7 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

 

PRESIDENCIA DE LA NACION

Decreto 587/2013

Organigrama de la Secretaría de Cultura. Decreto N° 1058/2002. Modificación.

Bs. As., 24/5/2013

VISTO los Decretos Nros. 357 del 21 de febrero de 2002, susmodificatorios y complementarios y 1058 del 19 de junio de 2002 y susmodificatorios, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 357/02, sus modificatorios y complementariosse aprobó el organigrama de aplicación de la Administración NacionalCentralizada hasta el nivel de Subsecretaría.

Que por el Decreto Nº 1058/02 y sus modificatorios se aprobó laestructura organizativa de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIADE LA NACION.

Que resulta necesario reordenar el flujo de responsabilidades yunidades organizativas en el ámbito de la citada Secretaría, con elobjeto de optimizar la administración de los recursos del Estadoaplicados a la política cultural, potenciando asimismo criterios deefectividad.

Que, en este sentido, la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LANACION viene desarrollando políticas públicas tendientes a garantizarla inclusión y accesibilidad de la cultura a los derechos de todas laspersonas, lo cual plantea la necesidad de formalizar las accionesculturales concertadas en torno a los diversos grupos sociales que, porsus características particulares deben ser atendidas por políticasespecíficas.

Que para garantizar su continuidad y permitir su desarrollo resultanecesario formalizarlas a través de su inclusión en su estructuraorganizativa.

Que ha tomado la intervención que le compete la DIRECCION DE ASUNTOSJURIDICOS de la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Que la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION y laSECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVA de la JEFATURA DEGABINETE DE MINISTROS han tomado la intervención que les compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidaspor el artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL.

Por ello,

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA

DECRETA:

Artículo 1° — Sustitúyese elANEXO la, aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19de junio de 2002 y sus modificatorios, correspondiente al Organigramade la SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, el quequedará conformado de acuerdo con el detalle que, con idénticadenominación, forma parte integrante del presente decreto.

Art. 2° — Suprímese del ANEXOII aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19 de juniode 2002 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones dela ex DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL E INDUSTRIAS CULTURALES dela SECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 3° — Incorpóranse al ANEXOII aprobado por el artículo 1° del Decreto Nº 1058 de fecha 19 de juniode 2002 y sus modificatorios, la Responsabilidad Primaria y Acciones dela DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL, de la DIRECCION NACIONAL DEINDUSTRIAS CULTURALES, de la DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LOSDERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL y de la DIRECCION NACIONAL DEPARTICIPACION Y ORGANIZACION POPULAR, de conformidad con el detalle queen Planilla Anexa al presente artículo, forma parte integrante delpresente decreto.

Art. 4° — Facúltase alSecretario de Cultura de la PRESIDENCIA DE LA NACION, previaintervención de la SECRETARIA DE GABINETE Y COORDINACION ADMINISTRATIVAde la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS, a aprobar y/o modificar elAnexo de Dotación de acuerdo a los cargos aprobados para la Secretaríapor la norma presupuestaria que resulte vigente al momento de dichaaprobación.

Art. 5° — El gasto que demandeel cumplimiento de la presente medida, será atendido con las partidasespecíficas del presupuesto de la Jurisdicción 20 – 14 – SECRETARIA DECULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.

Art. 6° — Comuníquese,publíquese, dése a la DIRECCION NACIONAL DEL REGISTRO OFICIAL yarchívese. — FERNANDEZ DE KIRCHNER. — Juan M. Abal Medina. — Aníbal F.Randazzo.

ANEXO la


PLANILLA ANEXA AL ARTICULO 3°

SECRETARIA DE CULTURA

DIRECCION NACIONAL DE ACCION FEDERAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, elaborar e instrumentar acciones tendientes a promover laparticipación cultural en todos sus aspectos a través de programassocio-culturales, eventos, seminarios, proyectos, convenios culturales,concursos y ferias artesanales, respetando las especificidadesprovinciales y regionales.

ACCIONES:

1. Interactuar con las administraciones regionales y provinciales,promoviendo la realización de actividades conjuntas y el intercambiopermanente, estableciendo políticas de articulación, complementación ycompensación entre las distintas jurisdicciones integrantes del sistemacultural nacional.

2. Elaborar, normalizar, compilar, procesar, interpretar y analizar lainformación brindada por todos los organismos responsables en el ámbitonacional e internacional, público y privado, a los efectos de serutilizada como insumo en la elaboración de las políticas, programas yproyectos del área.

3. Instrumentar y mantener actualizada la Red Federal de Cultura.

4. Implementar los traslados de artistas, técnicos, especialistas,personalidades de la cultura y funcionarios designados por laSecretaría para el cumplimiento de acciones culturales.

5. Elaborar y coordinar la ejecución con las provincias, regiones, einstituciones públicas y privadas que corresponda, programas culturalesdestinados a aquéllos grupos, sociales y/o etarios cuya particularproblemática requiera una atención focalizada.

SECRETARIA DE CULTURA

DIRECCION NACIONAL DE INDUSTRIAS CULTURALES

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Diseñar, implementar y difundir las políticas y acciones tendientes afomentar y promover el desarrollo de las industrias culturales, enespecial aquellas generadoras de plena utilización de los recursoshumanos del sector.

ACCIONES:

1. Promover la creatividad literaria, el desarrollo editorial y elfomento de la lectura, difundiendo las acciones implementadas a tal fin.

2. Proponer, planificar y ejecutar estrategias y políticas deproducción y promoción en el campo audiovisual, difundiendo su accionary propendiendo a su integración en el ámbito federal y regional.

3. Diseñar e implementar políticas que tiendan al estímulo de formasexperimentales de expresión que incorporen nuevas tecnologías.

4. Promover el fortalecimiento de las industrias culturales nacionales,favoreciendo aquellos sectores que propicien el pleno empleo de susrecursos humanos, con especial énfasis en la difusión de las artesaníasy la conservación de sus técnicas tradicionales.

5. Promover el desarrollo de mercados de productos y artesanías como hechos culturales.

6. Proyectar y promover una cultura participativa aplicada a lasindustrias culturales, organizando y difundiendo las distintasmanifestaciones y actividades culturales llevadas a cabo por laSECRETARIA DE CULTURA de la PRESIDENCIA DE LA NACION, a través de laprogramación y realización de eventos, seminarios, concursos, programassocio-culturales, convenios y/o cualquier otro medio eficaz, quepermita el cumplimiento de los objetivos vinculados con el área.

SECRETARIA DE CULTURA

SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIOCULTURALES

DIRECCION NACIONAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS CULTURALES Y DIVERSIDAD CULTURAL

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Impulsar y promover acciones conducentes a generar un marco de plenavigencia de los derechos culturales en el territorio nacionalgarantizando la pluralidad de expresiones culturales y respetando ladiversidad cultural de las comunidades y pueblos.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Políticas Socioculturales en lageneración de políticas públicas tendientes a generar marcos de equidaden el ejercicio de los Derechos Culturales.

2. Fomentar la participación real y efectiva de las diversas minoríasculturales en la reflexión sobre la identidad nacional a través de lacultura y el arte como herramientas de expresión.

3. Desarrollar políticas integrales centradas en el reconocimiento delterritorio y la complejidad de las entidades de los pueblos que lohabitan.

4. Promover los valores solidarios que posibilitan la inclusión social, suscitando el pleno ejercicio de la identidad.

5. Formalizar acciones culturales concertadas en torno a los diversosgrupos sociales que por sus características presentan particularidadesidentitarias que deben ser atendidas con políticas específicas quegaranticen un pleno ejercicio de la cultura e identidad permitiéndolesrelacionarse virtuosamente en un plano de igualdad con el resto de lasociedad, dándose a conocer y de este modo generar el marco para que selos valore y respete.

6. Garantizar la participación popular en el pleno ejercicio de losderechos culturales en las diversas comunidades que conforman nuestropaís.

SECRETARIA DE CULTURA

SUBSECRETARIA DE POLITICAS SOCIOCULTURALES

DIRECCION NACIONAL DE PARTICIPACION Y ORGANIZACION POPULAR

RESPONSABILIDAD PRIMARIA

Promover el desarrollo y la valoración de la Cultura Popular desplegadapor Organizaciones Sociales y comunitarias, y fomentar los ámbitos departicipación y debate ciudadano, generando canales de articulación yformación política, que alimenten los procesos de organización popular,y refuercen la identidad propia de nuestra cultura.

ACCIONES:

1. Asistir al Subsecretario de Políticas Socioculturales en lageneración de políticas públicas tendientes a fomentar, y difundir lasexpresiones de nuestra cultura popular, y las experiencias de proyectossocioculturales de organizaciones y espacios comunitarios tendientes areformar la identidad nacional y latinoamericana.

2. Fomentar la participación social y política por medio de lageneración de canales institucionales que promuevan el debate yformación cultural y ciudadana, con miras de fortalecer los niveles deorganización popular.

3. Fomentar el acceso igualitario y democrático a la producción ydistribución de bienes culturales, garantizando el refuerzo de laidentidad colectiva y el desarrollo regional local ligado a lareafirmación de prácticas culturales y de sentido de las propiascomunidades y organizaciones sociales.

4. Promover el empoderamiento de las organizaciones sociales ycomunitarias por medio del acercamiento de herramientas que dejencapacidades instaladas, para fomentar la producción propia decomunicación y contenidos y la elaboración de proyectos culturalespopulares.

5. Fomentar la participación y organización social como canal legítimoy democrático para la mejora de las condiciones de vida de lacomunidad, incentivando la formación, capacitación y debate necesariopara abordar el tratamiento de distintas problemáticas culturales ysociales.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU79651