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FACULTAD DEL LOCADOR PARA RETENER «LLAVES» Y PENETRAR AL INMUEBLE ANTE EMERGENCIAS.__ … CLÁUSULA … (INGRESO ANTE EMERGENCIAS) 1- El locador podrá ingresar a la finca locada, cuando por abandono, averías o deterioros graves, daño intencional, derrumbes, filtraciones, incendio, inundación, intrusión, robo, usurpación y en general por cualesquiera emergencias, hubiere peligro de mayores daños por demoras en tomar medidas urgentes. 2- Se depositará una copia del juego de «llaves» de las puertas … de la finca locada, en la escribanía … y podrá retirarlas el locador o quien éste autorice, dejando constancia de la hora, fecha y causa. 3- Si el locatario cambiare la combinación de la cerradura, consignará en la escribanía designada y en las … (…) horas, un juego de las nuevas llaves.
Cita digital del documento: ID_INFOJU138990