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LOCATARIO EN PROPIEDAD HORIZONTAL ASUME RESGUARDOS.__ … CLÁUSULA … (RESGUARDO) 1- Queda obligado el LOCATARIO a cumplir y hacer cumplir por todos los integrantes de su núcleo conviviente y visitantes, el Reglamento de Propiedad Horizontal y el Reglamento Interno del Edificio, cuales declara conocer y aceptar. 2- Asimismo respetarán las indicaciones que en cumplimiento de sus funciones den el administrador o los mandatarios y/o representantes del consorcio, acatando las órdenes que impartan al encargado del edificio, en cumplimiento de sus atribuciones naturales. 3- La violación de estas obligaciones será considerada como incumplimiento contractual.
Cita digital del documento: ID_INFOJU139055