Tiempo estimado de lectura 1 minutos
Mis documentos Documentos Relacionados
RECIBO DINERARIO DE SEÑAL O ARRAS POR LOCACIÓN RESIDENCIAL.__ (RECIBO DE SEÑAL O ARRAS POR LOCACIÓN RESIDENCIAL) 1- RECIBÍ/IMOS de … (nombres, domicilio, teléfono, datos de constitución o DNI., CUIT. o CUIL.), la suma de … <pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)>, en efectivo/cheque Nº… c/Banco …, imputada a señal o arras con facultad de arrepentirse, por la locación del/la … (casa; casaquinta; departamento en P.H.; …), ubicada en …, con un alquiler mensual de …<pesos … ($…)/dólares de los Estados Unidos de América … (EUA$…)>, contrato a … (mínimo 2) años, depósito dinerario en garantía … meses, fiador … (requisitos), vigencia …, reajustes … 2- Si el PROLOCATARIO no cumplimentare los requisitos en las próximas … (…) horas, esta señal o arras se perderá en favor del PROLOCADOR. Dado en …, a … de .. … (datos del locador y firma) Recibí el original de conformidad …(firma y aclaración del locatario) <<<NOTAS: 1- Dice el CCyC: art. 1- Disposiciones generales. La entrega de señal o arras se interpreta como confirmatoria del acto, excepto que las partes convengan la facultad de arrepentirse; en tal caso, quien entregó la señal la pierde en beneficio de la otra, y quien la recibió, debe restituirla doblada. art. 1- Modalidad. Como señal o arras pueden entregarse dinero o cosas muebles. Si es de la misma especie que lo que debe darse por el contrato, la señal se tiene como parte de la prestación si el contrato se cumple; pero no si ella es de diferente especie o si la obligación es de hacer o no hacer. 2- Ver “Limitaciones a pagos con efectos cancelatorios en efectivo (ley 25.345)”. 3- Por imperio del art. 765 del CCyC, el deudor podría pagar los dólares por su equivalente en pesos al “cambio oficial”.>>>
Cita digital del documento: ID_INFOJU139139