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Decreto 1347/2005


SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO
PODER EJECUTIVO NACIONAL

Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la empresa “Hope Argentina S.R.L.” contra la Resolución Nº 408/2004 de la citada Secretaría.

Bs.As., 1/11/2005
VISTO el Expediente Nº 289/04 del registro de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION y agregado sin acumular Nº 766/02 y, CONSIDERANDO:

Que por el Expediente citado en el VISTO se substancia el recurso jerárquico en subsidio interpuesto por la empresa HOPE ARGENTINA SRL, contra la Resolución SE.DRO.NAR Nº 408/04.

Que por la aludida Resolución se dispuso la aplicación de la sanción de cancelación de la inscripción en el REGISTRO NACIONAL DE PRECURSORES QUIMICOS de la firma “HOPE ARGENTINA SRL”.

Que el recurso de reconsideración oportunamente interpuesto fue rechazado mediante Resolución SE.DRO.NAR Nº 535 del 12 de abril de 2005, correspondiendo resolver, en esta instancia el recurso jerárquico interpuesto en subsidio.

Que desde el punto de vista formal se han cumplimentado los recaudos previstos en los artículos 89 y 90 del “Reglamento de Procedimientos Administrativos.

Decreto Nº 1759/ 72 (T.O.1991)”, toda vez que el recurso fue presentado en tiempo y forma.

Que en cuanto al fondo de la cuestión, toda vez que el recurrente no ha ampliado los fundamentos vertidos en su presentación anterior, corresponde rechazar el recurso jerárquico en subsidio, interpuesto por “HOPE ARGENTINA SRL”.

Que la DIRECCION DE ASUNTOS JURIDICOS de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención de su competencia emitiendo el correspondiente dictamen.

Que la PROCURACION DEL TESORO DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete, en los términos del artículo 92, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos, Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991).

Que la presente medida se dicta en uso de las atribuciones conferidas por los artículos 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y 90, segundo párrafo del Reglamento de Procedimientos Administrativos Decreto Nº 1759/72 (T.O.1991).

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

ARTICULO 1º — Desestímase el recurso jerárquico en subsidio interpuesto contra la Resolución Nº 408/04 emanada del titular de la SECRETARIA DE PROGRAMACION PARA LA PREVENCION DE LA DROGADICCION Y LA LUCHA CONTRA EL NARCOTRAFICO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, por la empresa “HOPE ARGENTINA SRL”.

ARTICULO 2º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER.— Aníbal D.Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU75484