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Decreto Nº 803/2003
MINISTERIO DE LA PRODUCCION
Apruébanse contrataciones de personal efectuadas por la citada Jurisdicción bajo el régimen del Decreto Nº 1184/2001.
Bs.As., 4/4/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0025495/2003 del Registro del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, la Ley Nº 25.725, la Decisión Administrativa Nº 7 de fecha 24 de enero de 2003, los Decretos Nros.1184 de fecha 20 de septiembre de 2001, 491 de fecha 12 de marzo de 2002 y 601 de fecha 11 de abril de 2002, la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 17 de fecha 16 de enero de 2002, la Resolución del ex MINISTERIO DE ECONOMIA E INFRAESTRUCTURA Nº 4 de fecha 28 de febrero de 2002, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las normas mencionadas en el VISTO tramita la propuesta de contratación de personal especializado a celebrarse bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002, se estableció entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción 54 MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
Que la creciente complejidad de las funciones propias del MINISTERIO DE LA PRODUCCION, hace aconsejable la necesidad de fortalecer y complementar la labor que desarrolla dicho Ministerio, resultando necesario proceder con la contratación del personal que se detalla en los Anexos I, II, III y IV adjuntos al presente decreto.
Que el personal involucrado en la presente medida ha dado cumplimiento a lo establecido en el Artículo 6º del Decreto Nº 601 de fecha 11 de abril de 2002 reglamentario de su similar Nº 491/02.
Que la financiación de los contratos que se aprueban por el presente decreto, será atendida con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 54 MINISTERIO DE LA PRODUCCION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
Que la DIRECCION GENERAL DE RECURSOS HUMANOS y la COORDINACION DE CONTRATOS Y PASANTIAS del MINISTERIO DE ECONOMIA han tomado la intervención que les compete en orden a lo dispuesto por las Resoluciones mencionadas en el Visto.
Que la DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS del MINISTERIO DE ECONOMIA ha tomado la intervención que le compete, en virtud de lo dispuesto por la Resolución de la PROCURACION DEL TESORO Nº 7 de fecha 4 de febrero de 2002.
Que la presente medida se dicta de conformidad con las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1 de la CONSTITUCION NACIONAL y por el Artículo 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello,
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Artículo 1º Apruébanse las contrataciones del personal que se detalla en las planillas que como Anexos I, II, III y IV forman parte integrante del presente decreto, bajo el régimen del Decreto Nº 1184/01, de conformidad con el período, monto mensual, función y rango que en cada caso se indica, en el marco de las contrataciones individuales del MINISTERIO DE LA PRODUCCION.
ARTICULO 2º El gasto que demande el cumplimiento del presente decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas de los créditos presupuestarios de la Jurisdicción 54 MINISTERIO DE LA PRODUCCION, de conformidad con la Ley de Presupuesto de la Administración Nacional Nº 25.725.
ARTICULO 3º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese. DUHALDE. Aníbal D.Fernández.
Cita digital del documento: ID_INFOJU72362