Vendedor se declara de estado civil divorciado

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VENDEDOR SE DECLARA DE ESTADO CIVIL DIVORCIADO.__ CLÁUSULA (ESTADO CIVIL) El VENDEDOR declara y a los fines del artículo 470 del Código Civil y Comercial que su estado civil es divorciado, existiendo sentencia judicial firme de divorcio y separación de bienes.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU138198