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32. DIVORCIADO (EX CÓNYUGE) ASIENTE VENDER FINCA DONDE RADICABA EL HOGAR CONYUGAL (ART. 456 CCYC).__ … CLÁUSULA … ASENTIMIENTO. Presente en este acto, el/la Sr./a. don/ña … (DNI. … y CUIT. …), en su calidad de …(cónyuge; ex cónyuge) del/la vendedor/a don/ña …, presta su consentimiento a la enajenación, en los términos del artículo 456 del Código Civil y Comercial. <<<NOTA: Dice el CCyC, Art. 456.- Actos que requieren asentimiento. Ninguno de los cónyuges puede, sin el asentimiento del otro, disponer de los derechos sobre la vivienda familiar, ni de los muebles indispensables de ésta, ni transportarlos fuera de ella. El que no ha dado su asentimiento puede demandar la nulidad del acto o la restitución de los muebles dentro del plazo de caducidad de seis meses de haberlo conocido, pero no más allá de seis meses de la extinción del régimen matrimonial. La vivienda familiar no puede ser ejecutada por deudas contraídas después de la celebración del matrimonio, excepto que lo hayan sido por ambos cónyuges conjuntamente o por uno de ellos con el asentimiento del otro.>>>
Cita digital del documento: ID_INFOJU140109