VENTA POR INHABILITADO JUDICIALMENTE (ART. 48 CCyC <PRÓDIGOS>).__ ... CLÁUSULA ... (INHABILITACIÓN JUDICIAL) Se deja constancia que el VENDEDOR se encuentra comprendido en el artículo 48 del Código Civil y Comercial, por lo que es asistido en este acto por su “apoyo” don ... (DNI. ... y CUIT./CUIL. ...), quien acredita la calidad invocada con testimonio debidamente legalizado, copia del cual se agrega al presente instrumento, de la sentencia recaída en el juicio por inhabilitación del VENDEDOR, que se tramitó por ante el Juzgado ... Nº... a cargo del doctor ..., Secretaría Nº... a cargo del doctor ... de ..., del cual se transcribe la parte pertinente de la sentencia que dice así: «...», manifestando el apoyo su conformidad con la venta realizada y firmando en prueba de ello al final del presente contrato.
Venta por inhabilitado judicialmente (art. 48 ccyc pródigos )
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