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JURISPRUDENCIARecurso de apelación. Deserción. Oposición marcaria. Confusión de marcas. Marcas
Se declara desierto el recurso de apelación deducido contra la sentencia que declaró infundada la oposición a la solicitud de una marca, deducida por un famoso jugador de baloncesto por tratarse de signos que pertenecen a clases distintas y para identificar productos dispares.
Buenos Aires, 11 de junio de 2015.
De conformidad con lo solicitado por la parte actora, toda vez que se encuentra vencido el plazo fijado a fs. 727 sin que la parte demandada haya expresado agravios no obstante encontrarse debidamente notificada (conf. Cédula elec. de fs. 727 vta. librada al domicilio electrónico constituido a fs. 716), declárese desierto el recurso interpuesto a fs. 716, concedido libremente a fs. 717 contra la sentencia de fs. 708/711.
En concecuencia pasen los autos a resolver respecto del recurso de honorarios interpuesto a fs. 720.
Fecha de firma: 11/06/2015
Firmado por: GUILLERMO ALBERTO ANTELO, JUEZ DE CAMARA
Gabriel Barreneche SA c/Ginobili, Emanuel David s/cese de oposición al registro de marca – Juzg. Civ. y Com. Fed. – N° 6 – 10/11/2014
003411E
Cita digital del documento: ID_INFOJU101810