La csjn revocó un fallo que admitía la triple filiación de un niño

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La CSJN revocó un fallo que admitía la triple filiación de un niño La CSJN revocó un fallo que admitía la triple filiación de un niño Fuente: doc_03_2026_0031.html

Según la Corte, el límite máximo de dos vínculos filiatorios del artículo 558 del Código Civil y Comercial de la Nación se vincula con una materia que le compete definir al Congreso de la Nación, sin que se haya evidenciado que importe una distinción irrazonable o injustificada, ni persecutoria de un determinado grupo de personas.

K., D. V. Y OTROS s/INFORMACION SUMARIA – Corte Suprema de Justicia de la Nación – 12-3-2026

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Cita digital del documento: ID_INFOJU148009