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DECRETO 1491/1971
POLICÍA
Ley Orgánica de la Policía Federal. Reglamentación. Modificación
del 28/5/1971; publ. 25/6/1971
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Modifícase el art. 369 de la reglamentación de la Ley Orgánica de la Policía Federal que quedará redactado de la siguiente forma:
Art. 369. La exoneración importa para el castigado la separación definitiva e irrevocable de la institución, con la pérdida del estado policial y los derechos que le son inherentes. Siendo la pena más severa, sólo se aplicará en los casos que afecten a la institución o de grave indignidad del castigo. Podrá comprender también una declaración formal de que el sancionado es indigno de llevar las armas y vestir el uniforme de la Policía Federal. La misma se hará en acto público o privado, según las circunstancias y conforme a lo que determinen las reglamentaciones internas de la institución.
Art. 2. Comuníquese, etc.
Lanusse Mor Roig
Cita digital del documento: ID_INFOJU86087