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Decreto 1781/2005

ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES

Dase por designado, con carácter transitorio, Director de la Delegación Regional Patagonia.

Bs.As., 29/12/2005
VISTO el Expediente Nº 704/2005 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, organismo autárquico descentralizado que actúa en la órbita de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION, la Ley Nº 25.967 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el ejercicio 2005, los Decretos Nros. 993 de fecha 27 de mayo de 1991 (T.O.1995), 491 de fecha 12 de marzo de 2002, 1.140 del 28 de junio de 2002 y 565 de fecha 1º de junio de 2005 y la Resolución Nº 463 de fecha 3 de agosto de 2005 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, y CONSIDERANDO:

Que la Ley Nº 25.967, en su artículo 7º, establece que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados existentes al 1º de enero de 2005, ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del Jefe de Gabinete de Ministros.

Que mediante el Decreto Nº 491/2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada o descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL a propuesta de la jurisdicción correspondiente.

Que por el Decreto Nº 1140/2002 se determinó que los titulares de las jurisdicciones y organismos descentralizados, cuyas estructuras organizativas hayan sido aprobadas en el marco de lo dispuesto en el artículo 19 del Decreto Nº 357/2002 y sus modificatorios, podrán solicitar al PODER EJECUTIVO NACIONAL la cobertura transitoria de cargos incluidos en el Nomenclador de Funciones Ejecutivas del Sistema Nacional de la Profesión Administrativa (SINAPA) Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), como así también que en los cargos comprendidos en dicho Sistema, las propuestas transitorias solo podrán tramitarse con carácter de excepción a las disposiciones de los Títulos III, Capítulo III, y VI, artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

Que mediante la Resolución Nº 463/2005 del Registro de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES se designó ad referéndum del PODER EJECUTIVO NACIONAL, con carácter transitorio, en el ámbito del citado Organismo, en el cargo de Director de la Delegación Regional Patagonia, dependiente de la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas, Nivel B, Función Ejecutiva III, al Licenciado Claudio Ernesto CHEHEBAR (D.N.I. Nº 11.320.148), a partir del 8 de agosto de 2005.

Que el agente designado se desempeña actualmente en el cargo referido, habiendo dado holgadas pruebas de solidez en sus conocimientos y de eficiencia e idoneidad en el ejercicio de sus funciones.

Que específicas razones de servicio de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES hacen imprescindible disponer la presente medida, con carácter de excepción a lo dispuesto por los Títulos III, Capítulo III, y VI, artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O.1995).

Que el servicio jurídico permanente de la SECRETARIA DE TURISMO de la PRESIDENCIA DE LA NACION ha tomado la intervención que le compete.

Que la presente medida se dicta en virtud de las atribuciones emergentes de los artículos 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y 7º de la Ley Nº 25.967, y conforme lo dispuesto por los artículos 1º del Decreto Nº 491/2002 y 2º del Decreto Nº 565/2005.

Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Dase por designado transitoriamente a partir del 8 de agosto de 2005, en el ámbito de la ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES, en el cargo de Director de la Delegación Regional Patagonia, dependiente de la Dirección Nacional de Conservación de Areas Protegidas, Nivel B, Función Ejecutiva III, al Licenciado Claudio Ernesto CHEHEBAR (D.N.I. Nº 11.320.148), como excepción de lo dispuesto por el artículo 7º de la Ley 25.967, por los Títulos III, Capítulo III, y VI, artículo 71 —primer párrafo, primera parte— del Anexo I al Decreto Nº 993/91 (T.O.1995) y por el artículo 1º del Decreto Nº 1140/2002.

ARTICULO 2º — El cargo mencionado en el artículo 1º del presente, deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA aprobado por el Decreto Nº 993/91 (T.O.1995), en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, contados a partir de la fecha del presente Decreto.

ARTICULO 3º — El gasto que demande el cumplimiento del presente Decreto, será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto de la Entidad 107 ADMINISTRACION DE PARQUES NACIONALES.

ARTICULO 4º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

— KIRCHNER. — Alberto A. Fernández. — Aníbal D. Fernández.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU74116