Legislación nacional

Tiempo estimado de lectura 3 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

LEY 19478

PARQUES Y RESERVAS

Parque Nacional Iguazú. Incorporación de una fracción de campo

sanc. 4/2/1972; promul. 4/2/1972; publ. 11/2/1972

Buenos Aires, 4 de febrero de 1972.

Excelentísimo presidente de la Nación:

Tengo el honor de dirigirme a V.E. a fin de someter a su consideración el proyecto de ley que se acompaña y por el cual se declara del dominio público y se incorpora al Parque Nacional Iguazú (Misiones) la fracción de campo del Instituto Nacional de Colonización y Régimen de la Tierra, dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Nación, que forma parte del “Establecimiento Industrial Iguazú”, sita en jurisdicción de la provincia de Misiones, con una superficie aproximada de doce mil seiscientas veinte hectáreas (12.620 has) y dentro de los linderos consignados en ese instrumento legal.

El Servicio Nacional de Parques Nacionales del ministerio citado gestionó ante el Instituto Nacional de Colonización y Régimen de la Tierra, el bien de referencia para la ampliación del Parque Nacional Iguazú.

El Instituto Nacional de Colonización y Régimen de la Tierra, que hubo dicho inmueble en mayor fracción del Comando en Jefe del Ejército en virtud de lo dispuesto por la ley 17253 , por lo cual su destino es colonizarlo con la radicación de arrendatarios desalojados, consideró que no había impedimento para acceder a tal pedido, después de efectuar un estudio detallado del ambiente a efectos de tomar decisiones sobre el destino final de esas tierras y sus bosques, según su valor económico y efectos sociales de su aprovechamiento y entender que la finalidad que se perseguía por imperio de aquella ley, podría ser cumplida en base a la restante superficie que aún le queda.

De conformidad con lo establecido por el art. 1 de la ley 18594, la fracción de tierra de que se trata debe ser declarada de dominio público.

Que el objetivo previsto en el proyecto de ley que se acompaña, está comprendido en las “Políticas Nacionales”, pto. 94, aprobado por decreto 46 de fecha 17 de junio de 1970.

Dios guarde a Vuestra Excelencia.

Di Rocco

En uso de las atribuciones conferidas por el art. 5 del Estatuto de la Revolución Argentina,

El presidente de la Nación Argentina sanciona y promulga con fuerza de ley:

Art. 1.– Declárase de dominio público e incorpórase al Parque Nacional Iguazú (provincia de Misiones) la fracción de campo del Instituto Nacional de Colonización y Régimen de la Tierra, dependiente del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Nación, que forma parte del Establecimiento Industrial Forestal Iguazú, ubicada en jurisdicción de la provincia de Misiones, con una superficie aproximada de doce mil seiscientas veinte hectáreas (12.620 has.) dentro de los siguientes linderos: Al Norte con el actual límite Sur del Parque Nacional Iguazú; al Este con la colonia Manuel Belgrano; al Sur con la propiedad de Pérez Companc y al Oeste con el curso del arroyo Ñandú Grande hasta donde éste atraviesa el límite Sur entre los kilómetros 24 y 25.

Superficie: Aproximadamente doce mil seiscientas veinte hectáreas (12.620 has.).

Corresponde al Instituto Nacional de Colonización y Régimen de la Tierra del Ministerio de Agricultura y Ganadería de la Nación, en mayor superficie, por transferencia del Comando en Jefe del Ejército, en virtud de lo dispuesto por la ley 17253 .

Art. 2.– Comuníquese, etc.

Lanusse – Di Rocco

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU82202