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Decreto 688/2006
SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS
PODER EJECUTIVO NACIONAL
Desígnase transitoriamente, Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la Subsecretaría de Agricultura, Ganadería y Forestación.
Bs.As., 30/5/2006
VISTO el Expedientue mediante la Ley Nº 26.078 se aprobó el Presupuesto de la Administración Nacional para el Ejercicio 2006.
Que el Artículo 7º de la citada ley, prescribe que las Jurisdicciones y Entidades de la Administración Nacional no podrán cubrir los cargos vacantes financiados a la fecha de su sanción ni los que se produzcan con posterioridad a dicha fecha, salvo decisión fundada del señor Jefe de Gabinete de Ministros o del PODER EJECUTIVO NACIONAL, en virtud de las disposiciones del Artículo 11 de dicha ley.
Que mediante el Decreto Nº 491 de fecha 12 de marzo de 2002 se estableció, entre otros aspectos, que toda designación de personal, en el ámbito de la Administración Pública, centralizada y descentralizada, en cargos de planta permanente y no permanente, será efectuada por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, a propuesta de la Jurisdicción o Entidad correspondiente.
Que en virtud de específicas razones de servicio del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION se considera imprescindible, la cobertura de UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del citado Ministerio.
Que tal requerimiento implica resolver la cobertura de dicho cargo mediante una excepción a lo dispuesto en los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y a las limitaciones establecidas mediante el Artículo 7º de la Ley Nº 26.078.
Que el profesional que se propone para cubrir dicho cargo reúne las condiciones de experiencia e idoneidad necesarias para desempeñarlo.
Que el cargo aludido no constituye asignación de recurso extraordinario alguno.
Que se ha dado cumplimiento a la Circular Nº 4 de fecha 15 de marzo de 2002 de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION ha tomado la intervención que le compete.
Que la presente medida se dicta en virtud de las facultades conferidas por los Artículos 99, incisos 1 y 7 de la CONSTITUCION NACIONAL, 7 y 11 de la Ley Nº 26.078 y 1º del Decreto Nº 491/02.
Por ello, EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
ARTICULO 1º Desígnase transitoriamente y por el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles, a partir de la fecha de notificación y como excepción a lo previsto en los Títulos III Capítulo III y VI Artículo 71, primer párrafo, primera parte del Anexo I al Decreto Nº 993/91 T.O.1995 y al Artículo 7º de la Ley Nº 26.078, en UN (1) cargo vacante Nivel B, Función Ejecutiva III, de Director de Ganadería de la Dirección Nacional de Producción Agropecuaria y Forestal dependiente de la SUBSECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA Y FORESTACION de la SECRETARIA DE AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, al Médico Veterinario D.Carlos Fernando PACIFICO (M.I.Nº 11.320.545).
ARTICULO 2º El cargo involucrado deberá ser cubierto conforme los sistemas de selección previstos por el SISTEMA NACIONAL DE LA PROFESION ADMINISTRATIVA (SI.NA.P.A.) Decreto Nº 993/91 T.O.1995 en el término de CIENTO OCHENTA (180) días hábiles contados a partir de la fecha de notificación del presente decreto.
ARTICULO 3º El gasto que demande el cumplimiento de la presente medida será atendido con cargo a las partidas específicas del Presupuesto del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION.
ARTICULO 4º Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.
KIRCHNER. Alberto A.Fernández. Felisa Miceli.
Cita digital del documento: ID_INFOJU74278