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Buenos Aires, 13 de agosto de 1998

Buenos Aires, 13 de agosto de 1998.-

La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires

sanciona con fuerza de Ley

Artículo 1º – Apruébase el Proyecto de Inversión del Hospital «Juan A. Fernández», elaborado por la Secretaría de Salud, en el marco del Convenio de Préstamo Subsidiario suscripto entre el Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos y el Ministerio de Salud y Acción Social y la entonces Municipalidad de la Ciudad de Buenos Aires, ratificado por Ordenanza Nº 50.841, por la cual se transfieren a esta última los recursos provenientes del Convenio de Préstamo 39-AR, celebrado entre la Nación Argentina y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, ello en función de lo preceptuado en el Art. 2º del antes citado ordenamiento.

Artículo 2º – A los fines de la ejecución del Préstamo BIRF 3931, el mismo se regirá por los Pliegos de Bases y Condiciones para las Licitaciones Públicas Internacionales para la Provisión de Bienes y Obras Civiles, aprobado por el referido organismo, aplicándose supletoriamente la Ley de Obras Públicas. Asimismo, y conservando la competencia de los Tribunales Argentinos y el idioma español, se aprueba la introducción de otros mecanismos de solución de controversias como por ejemplo el arbitraje.

Artículo 3º. Comuníquese, etc

ENRIQUE OLIVERA

MIGUEL ORLANDO GRILLO

LEY N° 53

Sanción: 13/08/98

Promulgación: Decreto N° 1828/98 del 17/09/98

Publicación: BOCBA N° 540 del 30/09/98

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU80981