Clausula que prohibe cesion de boleto y cesion de posicion contractual

Tiempo estimado de lectura 0 minutos

  

Mis documentos    Documentos Relacionados   

CLÁUSULA QUE PROHÍBE CESIÓN DE BOLETO y CESIÓN DE POSICIÓN CONTRACTUAL (Arts. 1616 y 1636 CCCN)

Las partes acuerdan que EL COMPRADOR no podrá ceder de ninguna manera los derechos derivados del presente boleto de compraventa, como así tampoco podrá ceder su posición contractual dentro del presente contrato, salvo autorización escrita y previa, firmada de puño y letra por el VENDEDOR.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU139503