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DECRETO 583/1979

EDUCACIÓN

Asignatura “Educación Democrática”. Sustitución

del 9/3/1979; publ. 14/3/1979

Visto el decreto 1239 del 8 de junio de 1976, por el que se implanta la asignatura “Formación Cívica” en reemplazo de “Estudio de la Realidad Social Argentina”, la que a su vez sustituyó por decreto 384 del 29 de julio de 1973 a la asignatura Educación Democrática, y

Considerando:

Que el decreto 16737 del 23 de diciembre de 1957, estableció el régimen de equivalencias para el reconocimiento de estudios secundarios cursados en el extranjero.

Que el art. 1 , inc. e) del mencionado decreto establece las materias complementarias que deben aprobar los alumnos regulares, inscriptos de acuerdo con las prescripciones del precitado decreto, materias que también deben aprobar los alumnos libres que completen estudios en las mismas condiciones y quienes hayan completado estudios del bachillerato o de la enseñanza comercial en el extranjero, para obtener la equivalencia con los correspondientes estudios argentinos (inc. f) del art. 1.g) y el art. 2 , respectivamente.

Que entre las materias complementarias citadas, figura Educación Democrática, asignatura que actualmente no integra el plan de estudios de la enseñanza media argentina.

Que es necesario adecuar las exigencias previstas en el decreto 16737 del 23 de diciembre de 1957 al plan vigente del ciclo básico secundario.

Que el conocimiento de los contenidos de la asignatura Formación Cívica contribuirá a la formación nacional de quienes hayan cursado sus estudios secundarios en el extranjero, por sus preciosos objetivos cívicos nacionales.

Que, asimismo, resulta conveniente, por razones de economía administrativa autorizar al Ministerio de Cultura y Educación para que, en caso de producirse modificaciones en la denominación de la asignatura Formación Cívica o su reemplazo por otra, pueda efectuar los cambios que sean necesarios en el inc. e) del art. 1 del decreto 16737/1957.

Por ello,

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Sustitúyese en el art. 1 , inc. e), del decreto 16737 del 23 de diciembre de 1957 la asignatura Educación Democrática por la asignatura Formación Cívica.

Art. 2.– Facúltase al Ministerio de Educación a efectuar los cambios que correspondan en el inc. e) del art. 1 del decreto 16737/1957 en caso de producirse modificaciones en la denominación de la asignatura Formación Cívica o su reemplazo por otra.

Art. 3.– Comuníquese, etc.

Videla – Llerena Amadeo – Pastor

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU89118