Legislación nacional

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DECRETO 933/1971

EMPLEO PÚBLICO

DOCENTES

Ejercicio de la docencia. Régimen de compatibilidad con otros cargos públicos

del 04/05/1971; publ. 10/05/1971

El presidente de la Nación Argentina decreta:

Art. 1.– Declárase que el ejercicio de la docencia universitaria y secundaria en universidades nacionales y provinciales y privadas reconocidas no crea otras incompatibilidades con el desempeño de cargos o contratos de prestación de servicios en la Administración Pública Nacional centralizada y descentralizada, entes autárquicos, empresas del Estado y cuentas especiales, que las que establezcan las respectivas universidades.

Art. 2.– La exención de incompatibilidades autorizada por el art. 1 , no alcanza a los casos de superposición horaria con otro cargo o puesto público o privado.

Art. 3.– Derógase el decreto 2257/1962 y déjanse sin efecto los arts. 1 y 2 del decreto 228/1966 en cuanto se refieren a las universidades nacionales.

Art. 4.– Comuníquese, etc.

Lanusse – Cantini

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU90162