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DECRETO 40/1999
ADUANA
Oficina de registro aduanero. Santiago del Estero. Proyecto de Ley Nº 25204 . Veto
del 14/12/1999; publ. 16/12/1999
Visto el proyecto de ley registrado bajo el n. 25204 sancionado por el Congreso de la Nación el 17 de noviembre de 1999, y
Considerando:
Que el referido proyecto de ley establece la capital de la provincia de Santiago del Estero una oficina de registro aduanero.
Que el volumen de operaciones de comercio exterior originadas en la citada provincia y cuyas formalidades aduaneras se cumplen por la Aduana de Tucumán, no justifica, por ahora, la nueva oficina.
Que, atento las restricciones fiscales no resultaría conveniente la creación de la oficina mencionada, circunstancia que demandaría mayores erogaciones sin la debida justificación.
Que, finalmente, corresponde destacar que la Administración Federal de Ingresos Públicos se encuentra facultada por el art. 6 , ap. 1, inc. b) del decreto 618 del 10 de julio de 1997, para la habilitación de oficinas aduaneras del nivel contemplado en el proyecto de ley.
Que por los fundamentos expuestos corresponde observar el proyecto de ley registrado bajo el n. 25204 .
Que el Poder Ejecutivo nacional encuentra facultado para dictar el presente en virtud de lo dispuesto por el art. 83 la Constitución Nacional.
Por ello,
El presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1.– Obsérvase en su totalidad el proyecto de ley registrado bajo el n. 25204 .
Art. 2.– Devuélvase al Congreso de la Nación el proyecto de ley citado en el artículo anterior.
Art. 3.– Comuníquese, etc.
De La Rúa – Terragno – Machinea
Cita digital del documento: ID_INFOJU88517