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DECRETO 592/1974
HIDROCARBUROS
Precio F.O.B. Para determinado tipo de petróleo
del 21/8/1974; publ. 29/8/1974
Visto las actuaciones del expte. SEE 567.112/1974, y
Considerando:
Que por decreto 975 del 28 de marzo de 1974, se fijaron los precios FOB para los distintos tipos de petróleos nacionales comercializados por Yacimientos Petrolíferos Fiscales.
Que dicha estructura de precios para la actividad petrolera del país corresponde a las refinerías cuyos procesos de destilación se efectúan en instalaciones integradas.
Que también actúan en el país empresas cuyas instalaciones son exclusivamente de destilación directa.
Que en consecuencia corresponde fijar los precios de la materia prima nacional que elaboran estas últimas empresas teniendo en cuenta las características técnicas propias de los procesos industriales que utilizan.
Por ello y atento lo propuesto por el Ministerio de Economía,
La presidente de la Nación Argentina decreta:
Art. 1. Establécese con efecto al 29 de marzo de 1974 para el petróleo tipo Cuenca Neuquina API 31 31,9 lugar de embarque línea Challacó y Medanito Puerto Rosales el precio FOB de $ 448,40 (cuatrocientos cuarenta y ocho pesos con cuarenta centavos) por metro cúbico por las ventas de Yacimientos Petrolíferos fiscales a la Refinería de Petróleo La Isaura S.A. Si el petróleo entregado fuera de otra procedencia su precio será proporcional al establecido precedentemente y el fijado por el mencionado decreto 975/1974 para cada tipo de petróleo.
Art. 2. El precio FOB establecido en el artículo anterior, regirá exclusivamente para el petróleo procesado en las instalaciones propias de La Isaura S.A.
Art. 3. La diferencia entre el precio de venta establecido para dicho petróleo en el art. 7 del citado decreto 975/1974 y el establecido en el art. 1 del presente decreto será compensada por Yacimientos Petrolíferos fiscales en la liquidación mensual de los gravámenes a los combustibles establecidos por el decreto ley 17597/1967 .
Art. 4. Comuníquese, etc.
Perón Gelbard
Cita digital del documento: ID_INFOJU89152