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Boletín Oficial 13/06/03 MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS Decreto 180/2003 Concédese a su titular la compensación creada por el Decreto Nº 1840/86, sus modificatorios y complementarios.

Bs. As., 10/6/2003

VISTO el Decreto Nº 1840 del 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, y

CONSIDERANDO:

Que por el decreto citado en el Visto se previó una asignación mensual tendiente a compensar los mayores gastos en que incurren los funcionarios que fueron convocados para cumplir funciones de nivel político en el ámbito del PODER EJECUTIVO NACIONAL y que tienen residencia permanente en el interior del país, a una distancia superior a los CIEN (100) kilómetros del lugar en el que se desempeñan.

Que la situación del Arquitecto D. Julio Miguel DE VIDO quien cumple funciones de Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios, encuadra en lo contemplado en el decreto aludido, por lo que corresponde conceder la mencionada asignación.

Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 99, inciso 1, de la CONSTITUCION NACIONAL y el Artículo 3º del Decreto Nº 1840/86.

Por ello,

EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º – Concédese la compensación creada por el Decreto Nº 1840 del 10 de octubre de 1986, sus modificatorios y complementarios, al señor Ministro de Planificación Federal, Inversión Pública y Servicios Arquitecto D. Julio Miguel DE VIDO (M.I. Nº 8.186.471).

Art. 2º – El gasto que demande el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente, será imputado con cargo a los créditos de las partidas específicas del Presupuesto vigente para el corriente ejercicio del MINISTERIO DE PLANIFICACION FEDERAL, INVERSION PUBLICA Y SERVICIOS.

Art. 3º – Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del Registro Oficial y archívese.

KIRCHNER. Roberto Lavagna.

       

Cita digital del documento: ID_INFOJU71654